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Miguel Galán denuncia a García Caba ante el Colegio de Abogados de Madrid

IUSPORT IUSPORT Lunes, 08 de Septiembre de 2025

Miguel Galán ha presentado una denuncia ante el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid contra el abogado Miguel María García Caba, colegiado en dicho Colegio, solicitando la apertura de expediente y la imposición de sanciones disciplinarias graves, así como la adopción de medidas cautelares.


La denuncia se fundamenta en la presunta comisión de infracciones graves del Código Deontológico de la Abogacía Española, derivadas de manifestaciones públicas realizadas por García Caba en la red social X (antes Twitter), que, según el denunciante, constituyen calumnias, injurias y ofensas graves contra su honor y el de otros profesionales del ámbito jurídico y deportivo.

 

Hechos denunciados

 

Galán acusa a García Caba de haber publicado varios mensajes en X en los que califica a Galán de “fraude”, “doctrinario penal de mercadillo”, “farsante profesional”, “marioneta al servicio del postor que le financie”, “pelele a sueldo”, “fantasma jurídico”, entre otros insultos y descalificaciones personales y profesionales; le atribuye haber recibido dinero de Javier Tebas o de LaLiga para sufragar una fianza judicial, lo que, según el denunciante, constituye una acusación falsa de corrupción y fraude académico, además de menoscabar su reputación profesional y personal; y cuestiona la veracidad de su currículum académico, acusándole de inventarse títulos y de mentir sobre su formación durante años.

 

El escrito de denuncia, al que ha tenido acceso IUSPORT, recoge también publicaciones de García Caba en las que critica duramente a miembros del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), a jueces y abogados del Estado, utilizando expresiones como “cobardía revestida de toga”, “profanar el tribunal”, “ruina moral del órgano”, y cuestiona su honorabilidad y profesionalidad; acusa a estos profesionales de falta de valentía, de proteger intereses espurios y de actuar en contra de la justicia y la legalidad.

 

La denuncia también refleja críticas de García Caba a un juez de competición de la RFEF y a un magistrado, a quienes acusa de manipulación, falta de imparcialidad y de dictar resoluciones injustas o nulas, empleando un lenguaje despectivo y acusatorio; y menciona expresiones como “el juez que se fue de vacaciones mientras pisoteaba la salud de los futbolistas”, “el violinista del Titanic que sonríe mientras el barco se hunde”, “el magistrado entre el amor a LaLiga y el odio al Real Madrid”, y se denuncia la existencia de supuestos fraudes procesales y manipulaciones en expedientes judiciales y federativos.

 

Señala que las manifestaciones de García Caba han sido vistas por más de 200.000 personas, "lo que evidencia su amplia difusión y el potencial daño reputacional causado".

 

Fundamentación jurídica

 

El denunciante argumenta que el ICAM es competente para conocer de la denuncia, conforme a los artículos 80 y siguientes del Real Decreto 135/2021 (Estatuto General de la Abogacía Española), y que ostenta legitimación activa al ser directamente perjudicado por la conducta profesional del letrado denunciado.

 

La denuncia cita múltiples artículos del Código Deontológico de la Abogacía Española, entre ellos:


    Artículo 1.1: Dignidad profesional.
    Artículo 2.1: Conducta honorable y respeto hacia las instituciones.
    Artículo 4.1 y 4.3: Ejercicio de la profesión para la defensa de derechos y prohibición de difamar y calumniar.
    Artículo 6.1: Confidencialidad y secreto profesional.
    Artículo 11: Valores fundamentales de la abogacía (independencia, libertad, dignidad, integridad, etc.).
    Artículo 22.1 y 22.2: Abstención de comportamientos que menoscaben el prestigio de la profesión y obligación de actuar honestamente.
    Artículo 24.1: Respeto y colaboración con otros profesionales.
   

Invoca también principios del Código Deontológico Europeo, como el respeto a la dignidad y reputación de las personas, la honestidad, la imparcialidad y la responsabilidad profesional.


El denunciante considera que la conducta denunciada constituye una infracción muy grave conforme al artículo 102.m) del Estatuto General de la Abogacía Española, por ofensa grave a la dignidad de otros profesionales y de las instituciones.

 

Galán solicita la incoación de expediente disciplinario, la imposición de la sanción correspondiente (que puede llegar a la suspensión del ejercicio de la abogacía por más de tres meses y hasta dos años, o la expulsión del Colegio), la eliminación inmediata de los mensajes calumniosos de las redes sociales del denunciado y la notificación a los otros profesionales afectados para que puedan personarse como perjudicados.

 

Argumentación sobre la calumnia y la injuria

 

El denunciante desarrolla una argumentación jurídica sobre los delitos de calumnias e injurias graves con publicidad, citando doctrina y jurisprudencia del Tribunal Supremo. Sostiene que la acusación de corrupción es concreta, falsa y realizada con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, lo que cumple los requisitos para ser calumniosa.


Galán agumenta que la libertad de expresión tiene límites, especialmente para los abogados, y que las declaraciones públicas que afectan la imagen de otros profesionales, sin fundamento ni resolución judicial firme, pueden ser sancionadas disciplinariamente.


La denuncia subraya que la reiteración de expresiones insultantes, despectivas y acusatorias contra jueces, abogados y órganos jurisdiccionales vulnera los principios de dignidad, respeto y decoro exigidos por la normativa deontológica.

 

Solicitudes concretas


Galán concluye solicitando que se admita la denuncia y se incoe expediente disciplinario contra García Caba; que se le imponga la sanción correspondiente conforme a la gravedad de los hechos; que se ordene la eliminación inmediata de los mensajes calumniosos; y que se notifique la denuncia a los otros profesionales afectados para que puedan personarse como perjudicados y alegar lo que corresponda en derecho.

 

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