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José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Domingo, 14 de Febrero de 2016

A Villar no le quedará otra que defenderse ante el TAD

Esta vez parece que no le va a funcionar a Villar la estrategia de denunciar al gobierno español ante la FIFA por "injerencia" en los asuntos federativos

IUSPORT informó este domingo que el todavía presidente de la  Real Federación Española de Fútbol  envió esta semana una carta a la FIFA acusando al gobierno de España de injerencia en la autonomía del organismo rector del balompié español.  


Según el Diario de Galicia, que fue el medio que adelantó la noticia, Villar habría acusado al ejecutivo español de urdir una trama con el objetivo de inhabilitarlo, haciendo referencia al caso Recre, en el que el CSD ha instado al TAD la apertura de expediente disciplinario al presidente de la RFEF.

 

En la carta, Villar habría vuelto por sus fueros, afirmando que el CSD no tiene competencia para fiscalizar los movimientos de dinero de la RFEF, que solo se somete a la normativa de la FIFA.

 

Sin embargo, es improbable, por no decir imposible,  que esta vez Villar consiga su objetivo de amedrentar al gobierno español, como lo hiciera, con éxito, en 2008, cuando hizo lo propio ante el entonces presidente del CSD, Jaime Lissavetzky, quien, después de requerir a la RFEF para que convocara las elecciones antes del verano, cedió finalmente a la presión de la FIFA. Aquellas elecciones se celebraron después del verano, con la Eurocopa en el bolsillo, y sin oponentes.

 

Ahora la situación ha cambiado mucho. La FIFA está ahora mismo descabezada en medio del escándalo de corrupción. El "amigo" Blatter ya no está ni se le espera. Y el presidente interino no se atreverá a amenazar a España.

 

Ahora toca defenderse en el TAD

 

Así, pues, a Villar no le queda otra que defenderse como cualquier hijo de vecino en el expediente que va a incoar el TAD.


Y llegados a este punto, fuentes próximas a Villar dicen que el presidente de la RFEF se limitó a aprobar una ayuda al club onubense con motivo de su 125 aniversario como club decano de España, producido en 2014, pero no un trato preferencial en el marco de la competición.

 

Para el presidente de la RFEF se trataría, por tanto, de un error de concepto o contable, no un trato de favor, como pretende el CSD, error que en todo caso habría sido cometido por otros responsables de la RFEF. Él está en otros menesteres: la UEFA, la FIFA, etc.

 

Como saben los lectores de IUSPORT, el Consejo Superior de Deportes remitió el pasado jueves al Tribunal Administrativo del Deporte la documentación correspondiente al caso de la Real Federación Española de Fútbol, solicitando expresamente que se incoe expediente disciplinario al presidente de la misma, Ángel María Villar Llona, así como al Vicepresidente Adjunto a la Presidencia para Asuntos Económicos de la RFEF, Juan Padrón Morales.

 

El CSD dio este paso tras haber comprobado la documentación y las alegaciones correspondientes a los casos del Recreativo de Huelva S.A.D. y del Club Deportivo Marino Tenerife-Sur. Del análisis de dicha información se desprende, a juicio del CSD, que la actuación federativa ha podido ocasionar un agravio comparativo y un menoscabo del principio de igualdad de los clubes al adulterar gravemente la competición, lo que pondría en cuestión la imparcialidad de los responsables federativos a la hora de tratar a sus asociados. Igualmente podría constituir una actuación para eludir el cumplimiento de la propia normativa de la RFEF (artículos 49.1 y 192.1 párrafo cuarto del Reglamento General de la RFEF en el caso del Recreativo de Huelva S.A.D; y artículo 192.2 g) del Reglamento General de la RFEF para lo concerniente al Club Deportivo Marino Tenerife-Sur).

 

La posible defensa de Villar

 

Pues bien, sentado esto, la posible estrategia de Villar es demostrar que no dio orden expresa de que se hiciera una excepción con el Recre. La responsabilidad sería, pues, de otros ejecutivos de la RFEF, que tramitaron incorrectamente el asunto.

 

En todo caso, el presidente de la RFEF alegará en el expediente que va a incoar el TAD, que a él no es imputable la infracción, ni como autor intelectual ni como autor material, si esta se declarase, algo que también negará se haya producido.

 

Las fuentes citadas recuerdan que Villar asistió en mayo de 2014 al acto de inauguración del Museo del Decano en Huelva, junto al presidente del Recre, Pablo Comas, y el alcalde. En ese acto quedó patente el apoyo que la RFEF se disponía a prestar al club, incluido un partido de la selección nacional.

 

El entorno del presidente de la RFEF no entiende por qué una ayuda totalmente legal, destinada a apoyar al club decano de España con motivo de su 125 aniversario, ha sido convertida en un trato de favor.

 

Y en cuanto al presunto trato de favor al Marino de Tenerife, Villar dirá que desconoce absolutamente el caso, del que no se hace responsable por no haber tomado decisión de clase alguna. Y en todo caso, que se trata de algo prescrito, pues de 2012.

 

Habrá que mirar, pues, hacia otros directivos de la RFEF, uno de los cuales, Juan Padrón, es de esa isla, y también será expedientado por el TAD a instancia del CSD.

 

La posible suspensión cautelar

 

Por otro lado, conviene recordar que, al solicitar la apertura de expediente al TAD, el CSD no solicitó medida cautelar alguna contra Villar, traspasando la patata caliente al tribunal.

 

El tema es crucial, pues sólo una suspensión cautelar podría detener la candidatura de Villar en las inminentes elecciones a la RFEF. Ya sabemos lo que tarda en sustanciarse un expediente disciplinario.

 

Y en este punto, los abogados de Villar se lo van a poner difícil al TAD a la hora de ponderar si la medida cautelar es o no procedente.

 

Pero hay un plan B. Cardenal podría guardar en la manga una última carta: someter a la Comisión Directiva del CSD la adopción de esa medida de suspensión cautelar, una vez que el TAD haya acordado formalmente el inicio del expediente disciplinario, no antes, pues el Reglamento General de Disciplina Deportiva exige esa condición previa.

 

El artículo 41 del Real Decreto 1591/1992, de 23 de diciembre, sobre disciplina deportiva, al regular las medidas provisionales, establece lo siguiente:

 

"1. Iniciado el procedimiento y con sujeción al principio de proporcionalidad, el órgano competente para su incoación podrá adoptar las medidas provisionales que estime oportunas para asegurar la eficacia de la resolución que pudiera recaer. La adopción de medidas provisionales podrá producirse en cualquier momento del procedimiento, bien de oficio bien por moción razonada del Instructor. El acuerdo de adopción deberá ser debidamente motivado".

 

Cardenal sopesará, a partir de ahora, la situación, día a día, antes de llevar a cabo este plan B.

 

En el entorno de Villar se piensa que Cardenal no se atreverá con la suspensión cautelar. De ser así, lo habría pedido con el envío del asunto al TAD, afirman. Además, recientemente, Cardenal advirtió de que en caso de expediente al presidente de la RFEF, la inhabilitación no sería inmediata, con lo que estaba anticipando su decisión: no va a pedir la cautelar, ni al TAD ni a la Comisión Directiva del CSD, por ahora.

 

Ya veremos cómo evoluciona el asunto, que promete.

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