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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Así relata la Audiencia la operativa para desviar dinero del Córdoba a obras de exdirectivos

IUSPORT/Antonio Albarral IUSPORT/Antonio Albarral Miércoles, 16 de Julio de 2025

La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a dos ex directivos del Córdoba CF a penas de prisión de cuatro años, así como a indemnizar al conjunto andaluz en la cantidad de 1.224.298,60 €, por pagar unas obras particulares con dinero del club.

 

En una sentencia a la que ha tenido acceso IUSPORT a través de la AEDD, la Audiencia ha señalado que “los fondos de la sociedad Córdoba CF SAD fueron destinados a la reforma de una vivienda del acusado”.

 

¿Qué ha ocurrido en este caso?

 

Según relata la sentencia, los acusados “idearon y llevaron a cabo, en unidad de acción y con ánimo de lucro, un plan perfectamente establecido para la ocultación del abono de unas obras de reforma integral en un chalet propiedad del primero, facturadas y pagadas con dinero del Córdoba CF, enmascarando dichos pagos bajo facturas emitidas por la mercantil Grupo Constructor Grucal Andalucía, de la que uno de ellos era presidente, para la realización de la Ciudad Deportiva de la Fundación del Córdoba Fútbol Club (FCCF), la cual nunca llegó a ejecutarse”.

 

En diciembre del 2014 se iniciaron las obras de reforma del mencionado chalet, las cuales finalizaron en octubre de 2015. La obra fue realizada por el Grupo Constructor Grucal Andalucía y, “según la certificación del arquitecto, existieron sobre la misma siete certificaciones de pago por importe total contratado de 864.230,02 €”.

 

Tal y como recoge la sentencia, el entonces presidente del Córdoba CF “autorizó y ordenó la realización de distintas transferencias desde las cuentas del Córdoba CF, extrayendo así patrimonio de este en su perjuicio”. Las transferencias realizadas desde las cuentas del club al Grupo Constructor Grucal Andalucía “suman un total de 1.224.294,06 €”.

 

En todas las facturas, excepto la última, se señaló el siguiente concepto: “Factura correspondiente a anticipo a cuenta del contrato de adjudicación de Ciudad Deportiva del Córdoba Club de Fútbol suscrito con fecha 28 de octubre de 2014”.

 

Los argumentos de la Audiencia Provincial para condenar a los acusados

 

Desde un primer momento, la Audiencia señaló que “todo el conjunto de la documental, ciertos testimonios, entre ellos los de la administración concursal del Córdoba CF Club de Fútbol SAD, y las periciales de la Guardia Civil ponen de manifiesto el destino del dinero que el expresidente, con la colaboración imprescindible del resto de acusados, extrajo de las arcas de la sociedad para sufragar con dicho metálico la reforma de un chalet que el primero poseía en la Moraleja”.

 

Tras analizar los hechos acontecidos y la prueba practicada, la Audiencia llegó a la “plena convicción” de que “los fondos de la sociedad Córdoba CF SAD fueron destinados a la reforma de una vivienda del acusado”.

 

Entrando en consideraciones de tipo penal, la Audiencia ha señalado que “los hechos descritos en el factum de la presente resolución son legalmente constitutivos de un delito de administración desleal del artículo 252 del Código Penal, pues el acusado, teniendo omnímodas facultades para administrar el ajeno patrimonio de la entidad Córdoba CF, no obstante tener en titularidad el 98,7% de las acciones, las infringió excediéndose en el ejercicio de las mismas y causando de esa manera un perjuicio a dicho patrimonio social, para lo cual contó con la cooperación necesaria del otro acusado; delito al que le es de aplicación el tipo agravado previsto en el artículo 250.2 del Código Penal por superar el valor de la defraudación la cantidad de 250.000 euros, pues la suma de todo el importe defraudado asciende a la cantidad de 1.224.294,06 euros”.

 

En lo que respecta a la responsabilidad civil, la Audiencia ha señalado que “procede condenar a los acusados a que indemnicen, conjunta y solidariamente, al Córdoba CF en la cantidad de 1.224.298,60 €”.

 

En virtud de lo expuesto, la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a los acusados “como autores criminalmente responsables del delito de administración desleal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a las penas para cada uno de ellos de cuatro años de prisión, con la inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y a la multa de 12 meses con una cuota diaria de 15 euros”.

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