F. Europa PressEl Pleno del Consell ha aprobado el decreto que desarrolla la Ley 2/2022, de 22 de julio de Ordenación del ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física.
Según se informa desde el Consell, la finalidad de este decreto es garantizar el derecho de las personas usuarias de servicios de deporte y de actividad física a que estos servicios se presten empleando conocimientos específicos y técnicas que fomenten una práctica físico-deportiva saludable, evitando situaciones que perjudiquen su seguridad o que puedan menoscabar la salud o la integridad física de las personas que los practican.
En concreto, el decreto regula la declaración responsable para el ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física, el Censo de Profesionales del Deporte y la Actividad Física, las coberturas mínimas y las características del seguro de responsabilidad civil de las personas profesionales del deporte y la actividad física.
También se recoge, por parte de la Escola de l’Esport de la Generalitat, del cumplimiento de los requisitos exigibles a las actividades de formación impartidas por las federaciones deportivas.
Además, también es objeto del decreto la regulación del procedimiento de actuación de la Inspección Deportiva en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
El decreto será aplicable a servicios de deporte y actividad física profesionales por cuenta propia o ajena, que se realicen a cambio de una retribución o en régimen de voluntariedad, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, tanto si la profesión se ejerce en el sector público como en el privado.
No obstante, no será de aplicación a aquellas actividades que se rijan por su normativa específica ni tampoco al personal arbitral y juez o jueza deportiva.
Entre las principales novedades destaca la declaración responsable para el ejercicio de las profesiones del deporte y la actividad física, que será obligatoria para ejercer alguna de las profesiones que regula la Ley del deporte y la actividad física de la Comunitat Valenciana, siempre y cuando se esté en posesión de la cualificación requerida.
Dicha declaración se inscribirá en el censo de personas profesionales del deporte y la actividad física, y no será exigible para ejercer la profesión de profesor o profesora de Educación Física.
El decreto también contempla la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil profesional en vigor que cubra la indemnización por los daños y perjuicios, ya sean personales o materiales, que puedan causarse a personas usuarias y a terceras personas con ocasión de la prestación de los servicios deportivos.
Esta obligación no será exigible al profesorado de Educación Física ni a las personas tituladas de Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título equivalente que estén dadas de alta como ejercientes en su colegio profesional, siempre y cuando este último cuente con un seguro de colectivo de responsabilidad profesional que identifique a las personas aseguradas y cumpla con las coberturas mínimas.
Tampoco será exigible a quienes desarrollen su actividad profesional exclusivamente por cuenta ajena.
En cuanto a la formación necesaria para el ejercicio de las profesiones de monitor o monitora y de entrenador o entrenadora deportiva, y la equivalencia profesional de los certificados federativos para el desempeño de estas dos profesiones, el decreto desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de estos certificados federativos por parte de la Escola de l’Esport de la Generalitat, que verificará el cumplimiento de los requisitos de las formaciones federativas, y su equivalencia profesional.
El decreto también regula la actuación de la Inspección Deportiva para supervisar el cumplimiento de los deberes y obligaciones establecidos en la Ley del deporte, que corresponderá al departamento de la Administración de la Generalitat competente en materia de deporte.
Además, podrá ser delegada en los municipios la función inspectora en materia de instalaciones deportivas y sobre el cumplimiento de las medidas de seguridad a adoptar en relación con la celebración de acontecimientos deportivos, de conformidad con la normativa de régimen local que resulte aplicable.
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VER TEXTO ÍNTEGRO DEL PROYECTO DE DECRETO
EL DICTAMEN DEL CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL DE 2020





















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