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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

El árbitro denunciante no pudo probar los amaños en la delegación de Sevilla

IUSPORT / Pável Fernández IUSPORT / Pável Fernández Viernes, 27 de Junio de 2025
F. Europa PressF. Europa Press

El juez de Sevilla archiva una de las dos denuncias de un árbitro por presuntos amaños

El Juzgado de Instrucción número siete de Sevilla ha archivado una de las dos denuncias interpuestas por un árbitro formador de fútbol por un presunto delito de corrupción en el deporte, por presuntas “cantidades de dinero entregadas ilegalmente en el Colegio de Árbitros de Sevilla por parte de determinados equipos” para un presunto “amaño de los encuentros”.

 

Como ha avanzado Diario de Sevilla, el trencilla en cuestión aseguró que existía una red de amaños de partidos y señaló al entonces delegado provincial del Comité Técnico de Árbitros en Sevilla, entre otros, pero la investigación no ha dado con indicios sólidos de que existiese delito y el caso ha sido archivado provisionalmente.

 

La denuncia fue presentada el 1 de marzo de 2024 en la comisaría de la Policía Nacional en Dos Hermanas. En ella, el denunciante informaba de que era “formador de futbol base” y pertenecía al Colegio de Árbitros de Sevilla, así que pitaba partidos por toda la provincia. También reveló que tenía información de que el responsable de la delegación provincial recibía “una cuantía de dinero”, que cifró en 1.500 euros por encuentro, en dos campeonatos de veteranos que se celebraban en el área metropolitana de Sevilla: la Primera y la Segunda División del Aljarafe.


Este dinero, según él, se correspondía con “ingresos realizados en efectivo” por parte de varios equipos, de los que dio nombres. “Realizan estos ingresos en concepto de inscripción, pero le consta al dicente que se lo reparten entre el delegado de árbitros, su hijo y el organizador de ambas ligas de veteranos”, según refería el fiscal que llevó el caso.

 

El denunciante también le dijo a la Policía que unos días antes, tras pitar en febrero de 2024 un partido, un jugador local “se dirigió a él y le manifestó textualmente que la había cagado y que se había equivocado”, refería el fiscal. Ese futbolista, además, golpeó la puerta del vestuario y la pared “con el puño cerrado”. El trencilla lo reflejó así en un anexo del acta e incluso llamó al 112 porque “temía por su integridad física”.

 

A raíz de ese incidente, según el denunciante, un entrenador habló con la Policía Local y “manifestó que ellos pagan 1.500 euros para que esto no suceda y que ese dinero se lo gastan en mariscadas”.

 

El Juzgado de Instrucción número 7 investigó todos estos hechos como “un supuesto delito de corrupción en el deporte” derivado de “ciertas cantidades de dinero entregadas ilegalmente en el Colegio de Árbitros de Sevilla por parte de determinados equipos de la zona (provincia de Sevilla) para recibir un trato de favor en los arbitrajes (amañar encuentros)”.

 

Sin embargo, según Diario de Sevilla, las diligencias practicadas por el juez Eugenio Pradilla no facilitaron indicios suficientes para establecer que los investigados habían cometido alguna infracción, de ahí el sobreseimiento del caso.

 

Segunda denuncia

 

Al día siguiente de la denuncia citada, el 2 de marzo de 2024, el mismo árbitro denunció ante el Juzgado de Guardia de Sevilla unos presuntos “comportamientos delictivos atribuidos a altos cargos de la Federación Española de Fútbol y también de la andaluza, extendida incluso a miembros de la Policía con destino en Canarias y otras comunidades autónomas”, en otra denuncia “dirigida principalmente contra altos cargos de la Federación Española de Fútbol ubicada en Madrid”.

 

A raíz de esta segunda denuncia, el Juzgado de Instrucción número siete de Sevilla incoó otras diligencias previas pero en junio de 2024 “decretó la inhibición a favor del Juzgado de Instrucción de Madrid, por estimar que la instrucción de los hechos presuntamente delictivos corresponde a los juzgados de Madrid, por haberse cometido en tal circunscripción territorial”.

 

Cuestión de competencia

 

En julio de 2024, el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid “rechazó la inhibición por entender que no es competente para la instrucción de las diligencias remitidas, al no desprenderse de la denuncia que los hechos denunciados hayan ocurrido en Madrid”; ante lo cual el Juzgado de Instrucción número siete de Sevilla elevó una cuestión negativa de competencias ante el Tribunal Supremo.

 

Y tras analizar el caso, el Supremo, siguiendo el criterio de la Fiscalía, dictaminó que correspondía al Juzgado de Instrucción número siete de Sevilla indagar la denuncia inicial formulada por este árbitro con relación al ámbito de la provincia sevillana y que compete al Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid abordar la segunda denuncia, relativa a presuntos hechos en la Federación Española de Fútbol. La primera ya ha sido archivada y la segunda aún está sustanciándose.

 

Los argumentos del Tribunal Supremo para atribuir la competencia a uno y otro juzgado
 
 
El Tribunal Supremo ha declarado que “la presente cuestión de competencia […] discutida entre los dos Juzgados de Instrucción, ha de determinar el órgano judicial competente para el conocimiento e instrucción de un delito de estafa y corrupción en el deporte , para el que la norma procesal prevé como criterio principal el del lugar de comisión del delito”.
 
 
En el caso que nos ocupa, el Tribunal Supremo ha considerado procedente atribuir la competencia respecto de los hechos denunciados el 1 de marzo de 2024 al Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla y al Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid los denunciados el día 2 de marzo de 2024”, puesto que nos encontramos ante “hechos distintos que tienen lugar en partidos distintos”.
 
 
Para llegar a esta conclusión, el Tribunal ha seguido el criterio del Ministerio Fiscal que expuso que en la denuncia presentada el día 1 de marzo de 2024, el autor “denuncia un supuesto delito de corrupción en el deporte previsto en el artículo 286 bis.4 CP, por ciertas cantidades de dinero entregadas ilegalmente en el Colegio de Árbitros de Sevilla por parte de determinados equipos de la zona para recibir un trato de favor en los arbitrajes”.
 
 
Por otro lado, en la denuncia presentada al día siguiente , 2 de marzo de 2024, “se denuncian determinados comportamientos delictivos atribuidos a altos cargos de la RFEF, extendida incluso a miembros de policía”, por lo que, según expuso el Ministerio Fiscal, “esta denuncia va principalmente dirigida contra altos cargos de la RFEF ubicada en Madrid”, habiéndose desarrollado la actividad delictiva en la capital.
 
 
En consecuencia, tanto el Ministerio Fiscal como el Tribunal Supremo ha coincidido al afirmar que “para conocer de los hechos denunciados en el escrito de denuncia presentado el día 2 de marzo se debe declarar competente el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid, por ser el lugar donde presuntamente se cometieron los delitos denunciados”, mientras que, los hechos denunciados el día 1 de marzo, deben ser conocidos por el Juzgado de Instrucción número 7 de Sevilla .

 

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