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José Antonio Abanto

La representación y los agentes en el fútbol peruano

José Antonio Abanto Valdivieso Lunes, 12 de Mayo de 2025
F: Federación Peruana de FútbolF: Federación Peruana de Fútbol

La representación es una figura propia del Derecho Civil y se da con mucha frecuencia en las actividades civiles y comerciales que realizan las personas, tanto naturales como jurídicas. En el ordenamiento jurídico nacional peruano, el artículo 145 del Código Civil establece lo siguiente;

 

“Origen de la representación

 

Artículo 145.- El acto jurídico puede ser realizado mediante representante, salvo disposición contraria de la ley.

 

La facultad de representación la otorga el interesado o la confiere la ley”.

 

En atención a la norma aludida, la representación puede provenir de la autonomía de la voluntad de las personas, por ejemplo, la representación para celebrar un contrato, o lo es establecida mediante ley, como ocurre, por ejemplo, con los titulares de las entidades públicas que, por mandato de su ley organizativa, tienen por el ejercicio del cargo, la representación de la institución pública que encabeza para la realización de determinados actos jurídicos.

 

VER EL TEXTO COMPLETO EN PDF

 

José Antonio Abanto Valdivieso

Máster en Intervención de la Administración en la Sociedad

por la UNED

 

 

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