Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 22:48:37 horas

El TAS ratifica la sanción de 4 años de la UCI a Miguel Ángel "Supermán" López

IUSPORT IUSPORT Miércoles, 07 de Mayo de 2025
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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS o CAS) ha desestimado un recurso del ciclista profesional Miguel Ángel López contra la Unión Ciclista Internacional (UCI), relacionado con un período de ineligibilidad de cuatro años por una violación de las normas antidopaje (ADRV). 

 

El tribunal de la UCI sancionó con cuatro años de suspensión al corredor de 30 años de edad al que declaró culpable de una infracción de las normas antidopaje por uso y posesión de una sustancia prohibida (Menotropin) durante el Giro de Italia de 2022.

 

López apeló ante el TAS la decisión del Tribunal Antidopaje de la UCI del 29 de mayo de 2024, que determinó que el ciclista había cometido una ADRV por posesión y uso de una sustancia prohibida durante la carrera de ruta Giro d’Italia 2022 e impuso un período de ineligibilidad de cuatro años. La sustancia prohibida en cuestión en esta apelación es Menotropina, una sustancia no especificada de la Lista de Sustancias Prohibidas de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA) (clase S2.2.1).

 

Una audiencia híbrida del TAS tuvo lugar el 21 de noviembre de 2024, donde el Panel determinó que:

 

    López estaba en posesión de Menotropina en violación de las Normas Antidopaje de la UCI (ADR Art. 2.6) y recibió la sustancia en algún momento entre el 1 de mayo y el 5 de mayo de 2022.


    López sufrió hinchazón en su pierna justo antes del inicio del Giro d’Italia 2022 y su médico procedió bajo la suposición de que el Sr. López había utilizado Menotropina y que esta era la causa de la hinchazón.


    López utilizó la sustancia en algún momento entre el 1 de mayo y el 5 de mayo de 2022.

 

El Panel está cómodamente satisfecho de que la UCI ha cumplido con su carga de prueba y dictó por unanimidad que el López poseía una sustancia prohibida en violación de la ADR de la UCI (Art. 2.6) y utilizó una sustancia prohibida en violación de la ADR de la UCI (Art. 2.2). 

 

El recurso presentado por López ha sido desestimado y la decisión emitida por la UCI se mantiene en su totalidad. 

 

López permanece por tanpo suspendido por un período de ineligibilidad de cuatro años, que comienza el 25 de julio de 2023. Este documento es un resumen no oficial para uso de los medios. A menos que las partes soliciten confidencialidad, un laudo completo con los motivos será publicado en el sitio web del CAS en su debido momento.

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