F. ShutterstockTras una denuncia de LaLiga, el Juzgado de Instrucción número 14 de Madrid, en un auto de 31 de marzo al que ha tenido acceso IUSPORT, ha acordado la apertura de juicio oral contra un acusado por LaLiga y el fiscal de un delito contra la propiedad intelectual y otro delito relativo al mercado y a los consumidores.
La acusación se dirige contra un ciudadano italiano que desarroIló presuntamente la aplicación “IPTVEXTREME,” registrando el dominio en la empresa “Cantobo” proveedor de servicios de alojamientos web, sita en Múnich y con ello, al menos durante todo el mes de agosto de 2021, comercializo y puso a disposición del público a través de la tienda virtual “Google Play”.
Se accedía a través de un enlace directo bajo la apariencia de un simple reproductor, que permitía sin implementar ninguna medida para evitarlo y a través de códigos APK, la carga y reproducción de las listas M3U Y EXTREAM-codes, con los que se podía gestionar guías de canales facilitados a través de la plataforma IPTV, incorporando un soporte BPN que estaba los bloqueos de los proveedores del hosting, poniendo a disposición de los usuarios contenidos de pago a través del paquete “Premium” incluyendo partidos de la liga de primera y segunda división, contenidos en vivo, películas y series de Streaming.
El acusado posibilitaba a los usuarios el acceso no consentido y obtenía por cada descarga 30 céntimos descontando impuestos, sin contar con la autorización de los titulares de esos derechos que a la fecha de los hechos era La Liga Nacional de Futbol Profesional causando el correspondiente perjuicio a la misma.
Según el juez, los hechos narrados son constitutivos de un delito contra la propiedad intelectual del art. 270.2 del código penal en concurso medial del art. 77.1 y 3 del código penal en relación con el art. 20.2.i del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril), con un delito relativo al mercado y los consumidores del artículo 286.1. 1º del Código Penal.
La Fiscalía propone imponer al acusado la pena de prisión de 2 años con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 18 meses con cuota diaria de 9 euros con responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal en caso impago y con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena
En el mismo escrito el Ministerio Fiscal ha fijado la cuantía de la indemnización que debe abonarse a LaLiga en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, por los perjuicios causados euros, señalando como personas civilmente responsables al acusado, remitiéndose la acusación particular a la aportación de informe pericial al respecto antes de la celebración de juicio oral.


























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