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Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 01:34:14 horas

El Girona tendrá que pagar 300.000 euros al Barça si alinea este domingo a Oriol Romeu

IUSPORT IUSPORT Domingo, 30 de Marzo de 2025

El Girona tendrá que pagar 300.000 euros al Barça si alinea este domingo a Oriol Romeu ante los azulgrana debido a la conocida como 'cláusula del miedo'

 

El mediocentro Oriol Romeu está cedido en el Girona hasta final de temporada, pero en el contrato existe la conocida cláusula que le impide enfrentarse al equipo poseedor de sus derechos, en cuyo caso tendría que abonar una cantidad importante al FC Barcelona. 

 

Efectivamente, si el técnico del Girona, Míchel, alinea finalmente este domingo a Oriol Romeu, el su club deberá pagar unos 300.000 euros al Barça.

 

Oriol Romeu ha disputado 24 partidos con el Girona en lo que llevamos de campaña y ha sido un jugador importante en los esquemas de Míchel, que para medirse al Barça también tendrá las bajas en la media del sancionado Van de Beek y los lesionados Iván Martín y Jhon Solís.

 

Tiene efectos federativos la cláusula del miedo?

 

La normativa española permite al club que cede a un jugador la posibilidad de imponer una valoración económica al club de destino del tal forma que si el club de destino quiere contar con su futbolista el día que se enfrente a su ex, deberá abonar este montante económico. 

 

Situación que se mantiene vigente en nuestro fútbol nacional y que todos los clubes que lo consideren pueden ejecutar. Pero no existe como tal una prohibición federativa. 

 

Ahora bien, la limitación sí existe cuando la cesión traspasa las fronteras. Porque tanto UEFA como  FIFA no permiten imponer esta “cláusula” a nivel internacional. 

 

En el caso de FIFA esta limitación está recogida en el artículo 18 bis del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, que establece lo siguiente:  “Ningún club concertará un contrato que permita al club contrario y viceversa o a terceros, asumir una posición por la cual pueda influir en asuntos laborales y sobre transferencias relacionadas con la independencia, la política o la actuación de los equipos del club”.

 

Es más, el apartado Segundo de ese artículo 18 establece sanciones disciplinarias para aquellos clubes que lo impidan: “La Comisión Disciplinaria de la FIFA podrá imponer sanciones disciplinarias a los clubes que no cumplan las obligaciones estipuladas en este artículo”. 

 

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