F: @frentebokeron86La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a dieciocho personas pertenecientes o simpatizantes del Frente Bokerón a tres meses de prisión por desordenes públicos y privación de acudir a espectáculos deportivos relacionados con el fútbol durante 18 meses.
Esta condena se produce tras los incidentes ocurridos al finalizar el partido que enfrentó en el estadio de La Rosaleda al Málaga CF y al SD Ibiza en mayo de 2023.
Los acusados han acudido este miércoles a la Audiencia porque estaban citados para la celebración de la vista oral, pero tanto el fiscal, como las acusaciones y defensas, han llegado a un acuerdo de conformidad y tras el reconocimiento de los hechos, el magistrado presidente ha dictado sentencia in voce.
Durante el juicio el magistrado ha dado el turno de palabra al fiscal para que se pronunciara sobre si procedía a la suspensión de la pena privativa, a lo que el ministerio público se ha mostrado de acuerdo, al igual que el resto de acusaciones y también las defensas.
El juez ha preguntado uno a uno si reconocían los hechos y seguidamente les ha comunicado que han sido condenados a tres meses de prisión por desordenes públicos y privación de acudir a espectáculos deportivos relacionados con el fútbol durante 18 meses.
El magistrado también les ha advertido de que la suspensión de la ejecución de la pena privativa durante dos años queda condicionada a que no cometan un nuevo delito durante ese periodo, ya que en ese caso tendrían que cumplir la pena del nuevo delito y la que se les ha impuesto este miércoles.
Asimismo, cuatro de los acusados han sido sancionados con una multa de 1.800 euros cada uno por un delito de daños.
Tanto LaLiga como el Málaga CF, que han ejercido la acusación particular en este procedimiento, se han mostrado conformes con la pena impuesta.
Los condenados, a quienes ya se les había prohibido el acceso a La Rosaleda conforme al reglamento interno del club, se han mostrado conformes con la pena y han preferido no hacer declaraciones a los medios de comunicación.
Para LALIGA este fallo es un paso más en la lucha contra la violencia en el fútbol, con un papel cada vez más activo de los clubes y aficionados para acabar con el odio dentro y fuera de los estadios.
El letrado de diecisiete de los ultras condenados, Gonzalo Pérez, ha dicho a los periodistas que están satisfechos con el acuerdo y ha subrayado que dentro de este procedimiento se había creado un relato novelístico que no correspondía con la realidad ni con los hechos.
Ha asegurado que lo que ocurrió fue solo "el descontento de la afición del Málaga por un descenso del club y que ello desembocó en una serie de daños y un delito menor de desórdenes públicos".
Daños y desórdenes públicos que requirieron intervención policial
En el relato provisional del ministerio público se indica que los hechos ocurrieron el 27 de mayo de 2023 una vez finalizado el encuentro entre ambos equipos de fútbol cuando los acusados se dirigieron a la puerta 18 del estadio, por la cual acceden y salen los vehículos de los jugadores y de los directivos.
Los acusados profirieron cánticos y silbidos y tuvo que actuar la Unidad de Intervención Policial (UIP), que estableció un cordón de seguridad para dejar la puerta despejada.
Debido a ello, los acusados, junto a otros que no han podido ser identificados y en número aproximado de treinta, se dirigieron a otra calle por la que obligatoriamente tenían que pasar los vehículos de los jugadores y directivos.
El fiscal explica en su escrito que todos menos uno se taparon las caras con pasamontañas, bufandas o camisetas para no ser identificados y tiraron contenedores y vallas, además de una barricada que impedía el paso de vehículos.























Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.212