Miércoles, 19 de Noviembre de 2025

Actualizada Martes, 18 de Noviembre de 2025 a las 23:59:36 horas

El Gobierno de Milei endurece el derecho de admisión a los estadios de fútbol

IUSPORT Miércoles, 12 de Marzo de 2025

El Gobierno de Milei ha endurecido el derecho de admisión a los estadios de fútbol. A través de la Resolución 321/2025 se ha facultado al Ministerio de Seguridad para «restringir la concurrencia a espectáculos futbolísticos a toda persona que considere que puede generar un riesgo para la seguridad pública», según información adelantada por Clarín.

 

En este sentido, se podrá prohibir el acceso a cualquier persona que se encuentre «imputada, procesada o condenada» por delitos cometidos en el marco de la Ley 23.184.

 

El comunicado oficial del Ministerio de Seguridad Nacional

 

Desde el Ministerio de Seguridad Nacional se ha emitido un comunicado oficial donde se indicó que «ante la posible participación de hinchadas de fútbol argentino prevista para el día miércoles 12 de marzo, en las inmediaciones del Congreso de la Nación Argentina, el Ministerio de Seguridad Nacional informa que se implementarán estrictas medidas para garantizar el orden y la seguridad pública».

 

Desde el Ministerio se ha remarcado que «cualquier persona que incurra en conductas que afecten a la seguridad, participando en actos que generen disturbios con violencia contra las personas o los bienes, serán identificados y detenidos».

 

 

En este sentido, se ha recordado que a cualquiera que cometa este tipo de actuaciones «se le aplicará la Restricción de Concurrencia Administrativa a todo evento deportivo, lo que implicará la prohibición de ingreso a los estadios de fútbol en cualquier lugar del país».

 

Desde el Gobierno Nacional se ha reafirmado el compromiso con «la seguridad ciudadana y el respeto por la ley y el orden público», recordando que el artículo 194 del Código Penal prevé penas de prisión de tres meses a dos años.

 

La modificación de la Resolución del Ministerio de Seguridad Nacional

 

Como consecuencia de la modificación, el artículo 2º de la Resolución del Ministerio de Seguridad Nacional número 354/2017 establece que «se podrá restringir la concurrencia a toda persona que: a) se encontrare imputada, procesada o condenada, respecto de delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley número 23.184 y sus modificaciones».

 

De igual manera, se podrá prohibir el acceso a cualquier persona que «haya sido imputada, procesada o condenada por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión y que la Autoridad de Aplicación entienda que razonablemente pueda crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico».

 

También se podrá prohibir el acceso a quienes hayan tenido un comportamiento violento en el marco de un espectáculo futbolístico «ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro, durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos, así como también durante los traslados de las parcialidades hacia o desde el estadio deportivo donde se desarrolle el espectáculo» o a quienes hubiesen tenido un comportamiento violento contra las personas o las cosas «dificultando el normal desarrollo de un espectáculo futbolístico».

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