Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

La RFEF suspende el expediente a Kike Salas por las apuestas debido a la causa penal

IUSPORT IUSPORT Miércoles, 22 de Enero de 2025

Como saben los lectores de IUSPORT, la Policía Nacional detuvo recientemente al jugador del Sevilla FC, Kike Salas, por forzar -presuntamente- que le sacaran tarjetas amarillas en partidos de Primera División para que personas de su entorno ganaran dinero con apuestas deportivas.

 

El jugador vio un total de diez tarjetas amarillas durante el transcurso de la temporada 2023/24, de las cuales, siete le fueron mostradas en las últimas nueve jornadas de liga, convirtiéndose así en el futbolista más amonestado de este periodo. Otras dos personas del círculo de confianza de Kike Salas habrían ganado al menos 9.000 euros con apuestas ilegales.

 

A nivel penal, podríamos encontrarnos frente a la presunta comisión de un delito de estafa. En este sentido, el artículo 248 del Código Penal establece que «cometen estafa los que, con ánimo de lucro, utilizaren engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno».

 

Para aquellos que cometan el delito tipificado en los artículos 248 y 249 del Código Penal se prevé la posibilidad de imponer penas de prisión que oscilan entre los seis meses y los tres años, debiéndose imponer la pena atendiendo al importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones existentes entre este y el defraudador, los medios empleados, así como cualquier otra circunstancia que pueda ayudar a valorar la gravedad de la infracción.

 

En lo que respecta al delito de corrupción deportiva, el artículo 286 bis del Código Penal determina que «lo dispuesto en este artículo será aplicable, en sus respectivos casos, a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva[…], así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva».

 

Pues bien, como prevé la normativa vigente, ante la existencia de causa penal, en la que se ha personado LaLiga, el Comité de Disciplina de la RFEF ha acordado suspender las actuaciones hasta que recaiga resolución en dicha vía penal. En función de su desenlace se podrá reabrir el expediente disciplinario.

 

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