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El recurso de Pau Codina al TAD tras el rechazo de su candidatura en la RFEF

IUSPORT/Antonio Albarral IUSPORT/Antonio Albarral Lunes, 09 de Diciembre de 2024
Foto CopeFoto Cope

El pasado miércoles, la Comisión Electoral de la Federación Española de Fútbol (RFEF) proclamó como candidatos a la presidencia del organismo a a los presidentes de las territoriales de Galicia, Rafael Louzan; Valencia, Salvador Gomar; y Extremadura, Sergio Menchán.

 

Al mismo tiempo, inadmitió otras tres candidaturas, las de Miguel Ángel Galán, Benigno Fidalgo Moreiras y Pau Codina Llopis por carecer de los avales exigidos por el artículo 38.1 del Reglamento electoral de la RFEF.

 

De estos últimos tres sólo tenemos noticia de que uno ha recurrido, Pau Codina, quien manifestó en Cope que tiene "impugnado el requisito de avales porque es una adulteración de las elecciones. Es posible que las elecciones se realicen sin los avales".

 

 

Una de las ideas de Pau Codina es la de crear el fútbol mixto con la intención de aumentar la competitividad y el uso de las tácticas. "Podría ser más espectacular", aseguró en El Partidazo de Cope.

 

El recurso de Codina 

 

En una escrito del pasado viernes, al que ha tenido acceso IUSPORT, Pau Codina ha impugnado la resolución de la RFEF mediante la cual se proclamaron provisionalmente las candidaturas a la presidencia de la Federación, alegando que los avales son inconstitucionales y que no deberían exigirse para ser candidato.

 

El recurrente ha sostenido que «la proclamación provisional de las candidaturas a la Presidencia de la RFEF de 4 de diciembre de 2024, vulnera la Constitución Española en lo que respecta al derecho fundamental al sufragio pasivo y en lo que respecta al derecho fundamental a no ser discriminado».

 

Al existir una vulneración de lo establecido en los artículos 14 y 23 de la Constitución Española en relación con lo establecido en el artículo 1.2 del Reglamento Electoral de la RFEF, el recurrente ha señalado que la resolución «debe ser declarada nula de pleno derecho».

 

La ‘inconstitucionalidad’ del requisito de los avales

 

Codina ha señalado que «el requisito de los avales para la presentación y proclamación definitiva de una candidatura a presidente de la RFEF vulnera la legislación vigente electoral y la Constitución española, conculcando tanto el derecho fundamental al sufragio pasivo como el derecho fundamental a no ser discriminado».

 

En este sentido, considera que el requisito de que cualquier candidato a presidente de la RFEF deba ser avalado por un mínimo del 15% de los miembros de la Asamblea General constituye «una anomalía muy grave que adultera el proceso electoral y lo convierte en clientelar, antiético y antidemocrático».

 

En un escrito remitido el día anterior a la proclamación de las candidaturas, Codina solicitó que, en caso de que no se admitiese su solicitud por la falta de avales, «se debería convocar a todos los asamblearios de la RFEF de manera urgente, con capacidad para avalar candidatura a presidente de la RFEF, para que Pau Codina y cualquier otro candidato o precandidato pueda hablarles y recabar el apoyo de ellos en número suficiente», haciendo que el procedimiento sea «democrático y transparente».

 

Las pretensiones de Pau Codina

 

Codina ha solicitado al Tribunal Administrativo del Deporte que «se declare nula la resolución de la proclamación provisional de las candidaturas a la Presidencia de la RFEF», proclamando como candidato al recurrente.

 

El recurrente reiteró nuevamente su solicitud de convocatoria a «todos los asamblearios con capacidad de avalar candidaturas a presidente de la RFEF» para que tanto él como cualquier otro candidato «pueda hablarles y recabar el apoyo de ellos en número suficiente para cumplir con el requisito de los avales».

 

Por último, como medida cautelarísima, ha solicitado que «se suspenda la tramitación del actual proceso electoral a presidente de la RFEF, ya que la presente impugnación se basa en nulidad de pleno derecho por vulneración de derechos fundamentales».

 

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