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María J. López González
María J. López González Domingo, 24 de Noviembre de 2024

La garantía de la indemnidad en el ámbito del deporte

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El próximo día 4 de diciembre entrará en vigor, como mandato de la Ley Orgánica 5/2024 de 11 de noviembre del Derecho a la Defensa, lo referido ala Disposición Adicional Tercera, que reconoce el derecho de los y las trabajadores/ras a la indemnidad en el contexto siguiente:

 

Disposición adicional tercera. Protección de la garantía de indemnidad de las personas trabajadoras.

 

1. Las personas trabajadoras tienen derecho a la indemnidad frente a las consecuencias desfavorables que pudieran sufrir por la realización de cualquier actuación efectuada ante la empresa o ante una actuación administrativa o judicial destinada a la reclamación de sus derechos laborales, sea ésta realizada por ellas mismas o por sus representantes legales.

 

2. Dicha protección se extiende al cónyuge, pareja de hecho y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que presten servicios en la misma empresa, aun cuando éstos no hubieran realizado la actuación conducente al ejercicio de sus derechos.

 

VER EL TEXTO COMPLETO DE PDF

 

Fdo. María José López González

Abogada

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