
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha acordado que la Real Sociedad debe abonar 501.855 euros más intereses a su exentrenador David Moyes, tras concluir que el club incumplió el acuerdo contractual firmado con el técnico, según información adelantada por El Confidencial.
La situación se remonta a una relación profesional que empezó con grandes expectativas debido a la trayectoria de Moyes, quien había dirigido equipos como el Manchester United, pero que terminó de forma prematura como consecuencia de los malos resultados deportivos.
Moyes fue contratado en 2014 y cesado en noviembre de 2015. En su contrato se estableció que «todos los importes que la Real Sociedad de Fútbol debía de abonarle en concepto de salario fijo y retribución variable debían de ser en cantidades netas».
No obstante, surgieron complicaciones cuando la Agencia Tributaria del Reino Unido abrió una investigación fiscal sobre Moyes, lo que derivó en disputas entre el entrenador y el club sobre los pagos y las obligaciones fiscales.
La decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
El técnico británico aceptó pagar una parte de lo exigido por la Agencia Tributaria de Reino Unido poniendo fin a la inspección en febrero de 2018.
Entonces, el entrenador contactó nuevamente con el conjunto ‘txuri urdin’ comunicándole que debían pagarle las cantidades abonadas, concretamente 505.000 euros.
La resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco remarca la importancia de lo pactado en el contrato suscrito entre el club y el técnico británico, donde se pone de manifiesto que el club debía abonar la diferencia «sin importar que se tratara de autoridades fiscales españolas o británicas».
En la resolución se ha evidenciado que el compromiso alcanzado no se ve afectado por el simple hecho de que el entrenador alcanzase un acuerdo con la Agencia Tributaria de Reino Unido.
En virtud de lo expuesto, el Tribunal ha acordado «condenar a la demandada a pagar al recurrente la suma de 501.854,98 euros, así como los intereses por mora».



























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