Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 20:51:16 horas

La AFA celebrará la asamblea en medio de resoluciones judiciales contradictorias

IUSPORT IUSPORT Jueves, 17 de Octubre de 2024

El conflicto entre la AFA y el Gobierno de Milei parece no tener fin. Pese a la resolución dictada por la Inspección General de Justicia (IGJ), la AFA ha confirmado que celebrará este jueves su Asamblea General, tal cual estaba previsto y con el orden del día previamente anunciado, según información adelantada por La Nación.

 

La resolución dictada por la IGJ acordó «declarar la irregularidad e ineficacia total a los efectos administrativos de la convocatoria a Asamblea General de la AFA para el 17 de octubre».

 

La AFA recibió en el día de ayer una resolución dictada por el juez Ricardo Pettis donde se hacía constar que la entidad no está suspendida en su totalidad, por lo que puede realizar la Asamblea sin ningún problema.

 

Los argumentos del juez para 'autorizar' la celebración de la Asamblea General

 

El juez remarcó que la decisión adoptada por la Inspección General de Justicia no es firme puesto que aún nos encontramos dentro del plazo en el que la AFA podría apelarla.

 

En su escrito de denuncia, la AFA sostuvo que «esa resolución administrativa no puede quedar firme hasta tanto no venza el plazo de quince días que cuenta para ejercer la pertinente vía recursiva y asimismo que, interpuesto el recurso respectivo, corresponde otorgarlo con efecto suspensivo».

 

El juez remarcó que «la resolución de la IGJ solo alcanza a determinados puntos que conforman el orden del día con el que fue convocada».

 

Respecto a la firmeza de la resolución, el juez ha recordado que «ninguna resolución adquiere firmeza hasta tanto se encuentre vencido el plazo previsto en la normativa para recurrirla o plantear los remedios legales contemplados al efecto».

 

Por último, su señoría destacó nuevamente que la decisión adoptada por la IGJ es susceptible de recurso ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil, tribunal que, en caso de admitir el recurso, «determinará los efectos con que es concedidolimitándose el organismo administrativo a remitir las actuaciones a la justicia», puesto que «suponer otra cosa importaría permitir que el señalado organismo administrativo se constituya en juez y parte en un mismo asunto, desde que no solo tendría la posibilidad de expedirse sobre la procedencia del recurso […] sino que se le daría la posibilidad de contestarlo una vez que las actuaciones sean remitidas a la Cámara de Apelaciones, lo que es manifiestamente inadmisible desde el punto de vista de las garantías de los justiciables».

 

Las declaraciones de la AFA

 

Desde AFA han asegurado que «estamos terminando de fundamentar nuestra apelación porque no se trata simplemente de apelar, sino de dejar los fundamentos para que la Cámara Civil confirme la asamblea, posteriormente a su realización».

 

De igual manera, han sostenido que «el motivo de la suspensión de los puntos 8 al 15 del orden del día es demasiado ‘tirado de los pelos’ y la suspensión del punto 16 es solamente por la quinta reelección, y ahí quizás haya que fundamentarlo más. Las otras dos modificaciones estatutarias (la mudanza a provincia y la suspensión de los descensos) están correctas y no fueron objetadas».

 

Ahora bien, la AFA deberá decidir si se restringe a una asamblea que trate los puntos no objetados, o si va por todo, si la realiza con todo aquello que IGJ le suspendió. Se arriesga a que en la Cámara de Apelaciones le anulen por inválido todo lo decidido. 

 

Y se expone, también, a que la propia IGJ le imponga sanciones, entre un apercibimiento y una intervención. Una palabra, “intervención”, que a muchos les causa urticaria y de la que no quieren saber nada. Pero la posibilidad existe y en el Gobierno no la descartan. 

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