
El TSJM ha desestimado el recurso del exárbitro Xavier Estrada contra la sentencia del juzgado de lo social que habia rechazado su demanda contra la RFEF por presuntas represalias, entre otros motivos, según una sentencia de 9 de octubre a la que ha tenido acceso IUSPORT.
Estrada demandó a la RFEF por la asignación de una furgoneta unidad móvil para arbitrar el primer partido asignado después del acto de conciliación; la falta de asignación de partidos en las dos últimas jornadas de la liga, la asignación unilateral de vacaciones en el mes de junio de 2023 y la extinción de su contrato a 30 del mismo mes, sin ser incluido en las listas de árbitros para la temporada siguiente.
Pues bien, para el TSJM, todos estos indicios han sido desvirtuados. Así, está justificada la asignación de la unidad móvil por el exceso de partidos en relación con las salas VAR, no siendo además debida a una decisión de la empleadora, del mismo modo que no era la primera vez que el actor actuaba desde tal unidad, sin que pueda considerarse vejatoria tal asignación, ni tampoco atribuírsele la finalidad pretendida de separarle de los compañeros que igualmente habían reclamado, lo que parece carente de lógica, habida cuenta de que, mientras ellos arbitran difícilmente pueden comunicarse, y de que, nada impide que puedan comunicarse en cualquier momento, antes y después.
Respecto de la falta de asignación de los dos últimos partidos, dice el TSJM que, igualmente ha dado la RFEF una explicación razonable, constando acreditados los graves incidentes que acontecieron en la jornada de 21 de mayo de 2023, en los partidos en los que otros dos reclamantes por iguales motivos que el actor, eran árbitros VAR, en aras de evitar suspicacias y desprestigio del colectivo, si se producían nuevas actuaciones indebidas en las dos últimas jornadas, que pudieran relacionarse con sus reivindicaciones a la RFEF.
Añade la sentencia que si bien esto es cuestionable y es cierto que, como afirmó Estrada, él no tuvo participación alguna en los hechos, tal y como considera la magistrada a quo y el Ministerio Fiscal, no fue una decisión de la RFEF, sino colegiada de la Comisión Arbitral y no puede considerarse una represalia el celo de la misma de cara a evitar suspicacias y críticas de la opinión pública, lo que ha de analizarse en el contexto en el que la liga de futbol se juega y la trascendencia mediática de todo lo que en la misma sucede.
En cuanto a las vacaciones, dice el TSJM que ha quedado acreditado que todos los árbitros las disfrutan en la misma fecha, cuando la liga termina, lo que parece razonable y, en cualquier caso, no hay discriminación alguna para el actor.
Y, por último, la no inclusión de Estrada en las listas de árbitros VAR para la temporada siguiente 2023/24, se debe, según el TSJM, a la extinción de su contrato, en el que figura como fecha de vencimiento el 30 de junio de 2024.
























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