F: Shutterstock
Si bien el fútbol es una desmesurada pasión que viven millones de personas a lo largo y ancho del mundo, indudablemente se trata también de un negocio donde se mueve un caudal colosal de dinero.
Por ende, se requiere de estructuras societarias que otorguen profesionalidad al sector y, al mismo tiempo, de mecanismos jurídicos que respeten el rol social de las asociaciones civiles y breguen por el desarrollo de sus disciplinas deportivas amateurs.
En Francia, la estructura y el funcionamiento de las personas ideales con objeto deportivo se regula en el Código del Deporte, más estrictamente en el Título II del Libro Primero de la Parte Legislativa (artículos L.121-1 a L.122-19) y en el Título II del Libro Primero de la Parte Reglamentaria (artículos R.121-1 a R.122-12). De conformidad con la norma, una entidad deportiva puede ordenarse como asociación civil o sociedad comercial.
Luciano Eduardo PUGNALONI
Master en Derecho Deportivo
Universidad Europea de Madrid-Escuela Universitaria Real Madrid











Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28