Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Luciano E. Pugnaloni

¿Puede la “saos” ser una alternativa plausible para el fútbol argentino?

Luciano E. Pugnaloni Sábado, 05 de Octubre de 2024
F: ShutterstockF: Shutterstock

[Img #166827]Si bien el fútbol es una desmesurada pasión que viven millones de personas a lo largo y ancho del mundo, indudablemente se trata también de un negocio donde se mueve un caudal colosal de dinero.

 

Por ende, se requiere de estructuras societarias que otorguen profesionalidad al sector y, al mismo tiempo, de mecanismos jurídicos que respeten el rol social de las asociaciones civiles y breguen por el desarrollo de sus disciplinas deportivas amateurs.

 

En Francia, la estructura y el funcionamiento de las personas ideales con objeto deportivo se regula en el Código del Deporte, más estrictamente en el Título II del Libro Primero de la Parte Legislativa (artículos L.121-1 a L.122-19) y en el Título II del Libro Primero de la Parte Reglamentaria (artículos R.121-1 a R.122-12). De conformidad con la norma, una entidad deportiva puede ordenarse como  asociación civil o sociedad comercial. 

 

 

VER EL TEXTO COMPLETO EN PDF

 

Luciano Eduardo PUGNALONI

Master en Derecho Deportivo

Universidad Europea de Madrid-Escuela Universitaria Real Madrid

 

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.