
El juzgado de lo mercantil número 3 de Sevilla ha vuelto a desestimar la solicitud de medidas cautelares planteada por Del Nido Benavente en relación con la posibilidad de que las acciones agrupadas en su día pudiesen votar en la próxima Junta General, según información adelantada por el Diario de Sevilla.
Un nuevo revés para Del Nido, quien ya vio hace escasos meses cómo el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla también desestimó sus pretensiones.
La decisión del juzgado de lo mercantil
El auto remarca que la pretensión del expresidente sevillista consiste en una anticipación del fallo del pleito promovido.
«La similitud e identidad de razón entre tal supuesto y el de autos hace aplicables los citados argumentos, conforme a los que las medidas interesadas no supondrían el asegurar el fallo de una eventual sentencia estimatoria, sino adelantar el fallo estimatorio, razón por la que no ha lugar a acordarla», remarca el juez.
La solicitud de medidas cautelares se fundamenta en lo ocurrido en anteriores juntas respecto a la denegación del voto a Del Nido Benavente, asegurando que también se le impedirá votar en la próxima junta del 9 de octubre de 2024.
Según el juez, no concurren los requisitos necesarios de «apariencia de buen derecho» y «peligro de mora procesal» puesto que la posibilidad de impedir el voto «no deriva de situaciones que pudieran producirse durante la pendencia del proceso, sino de hechos futuros».
En virtud de lo expuesto, el juez considera que «no ha lugar a las medidas cautelares solicitadas en tanto lo que se pide es prácticamente lo mismo que en procedimiento principal, y, en todo caso, por no reunir los requisitos necesarios».
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â Del Nido Benavente (@JMDelNido_) October 4, 2024
Las declaraciones de Del Nido Benavente
El expresidente sevillista no tardó en pronunciarse sobre la resolución a través de sus redes sociales: «el juez deniega nuevamente las medidas cautelares solicitadas para que las acciones agrupadas en su día puedan votar en la próxima Junta General y cesar al Consejo de Administración», afirmaba Del Nido.
José María recuerda que el juzgado de primera instancia número 10 se pronunció afirmando que se debía «permitir que José María del Nido Benavente pueda votar libremente cualquier acuerdo de la Junta General de Accionistas del SFC, sin limitación derivada del contenido del acuerdo de socios de 22 de noviembre de 2019».
Del Nido se muestra pesimista al asegurar que «en la Junta General volverá a impedirnos ilícitamente el derecho de voto», remarcando que han desestimado la solicitud de la medida cautelar «por una cuestión meramente técnica porque sería una anticipación del fallo del pleito promovido».




















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