
La Comisión Electoral declaró el 31 de julio "la pérdida definitiva de la condición de miembro electo de la Asamblea General de la Real Federación Española de Fútbol y de su Comisión Delegada de Jorge Vilda Rodríguez", exseleccionador nacional femenino.
Ante ello, Miguel Ángel Galán, en fecha 9 de septiembre de 2024, solicitó que se procediera a la convocatoria de elecciones para cubrir la baja de Vilda como asambleísta, correspondiente al mandato 2020-2024.
Pues bien, con fecha de ayer, la presidenta en funciones ha acordado convocar elecciones para cubrir esa plaza, señalando para las votaciones el 25 de noviembre.
Con fecha 31 de julio de 2024, la Comisión Electoral de la RFEF acordó "la pérdida definitiva de la condición de miembro electo de la Asamblea General de la Real Federación Española de Fútbol y de su Comisión Delegada de Jorge Vilda Rodríguez". Dicha resolución fue notificada al interesado por medios electrónicos el día 2 de agosto de 2024, y publicada en la web de la RFEF el mismo día.
Segun la convocatoria a la que ha tenido acceso IUSPORT, en atención a lo anterior, y en aplicación de la Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas, del Reglamento de elecciones a la Asamblea General, su Comisión Delegada, y Presidencia de la RFEF, la resolución de la Comisión Electoral de la RFEF, de 31 de julio de 2024, se procede a la convocatoria de elecciones parciales al estamento de entrenadores de clubes que participan en competiciones de ámbito estatal y carácter no profesional y a la Comisión Delegada de la RFEF.
Los comicios se desarrollarán a partir del día de la fecha y las elecciones tendrán lugar el 25 de noviembre de 2024.
A la convocatoria se une:
a) Censo electoral provisional, que es accesible de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Orden EFD/ 42/2024 .
b) Calendario electoral.
c) Modelos oficiales de sobres y papeletas, de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la Orden.
d) Composición nominal de la Comisión Electoral y plazos para su recusación.
e) Procedimiento para el ejercicio de Voto por correo.
f) Reglamento Electoral
El acto de la convocatoria puede ser recurrido ante el Tribunal Administrativo del Deporte en un plazo de cinco días hábiles desde la fecha de su completa publicación.













Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.154