
Los presidentes de las federaciones asturiana, balear, gallega, madrileña y navarra de piragüismo han solicitado al Consejo Superior de Deportes que intervenga ante lo que califican como un «grave abuso de poder por parte de Javier Hernanz, presidente de la Real Federación Española de Piragüismo».
Según han argumentado los presidentes de las autonómicas, el presidente de la RFEP «se ha amparado en una sentencia judicial que anula únicamente un apartado menor del reglamento electoral» para «decidir unilateralmente detener todo el proceso electoral y favorecer sus posibilidades de reelección».
Los firmantes acusan a Hernanz de «actuar en beneficio propio, utilizando su cargo para retrasar el proceso electoral», actuación que califican como «despótica», al tomar decisiones «como si la RFEP fuese de su propiedad personal, ignorando las responsabilidades y deberes del cargo que ostenta».
Las pretensiones de los presidentes de las federaciones autonómicas
Los presidentes de las autonómicas aluden a un correo electrónico dirigido a cada uno de ellos en el que se les indica que se ha planteado al CSD la revisión de la convocatoria electoral.
«El presidente de la RFEP informa que como consecuencia del recurso de apelación frente a la sentencia dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso administrativo de fecha 30 de agosto, por la que se anula parcialmente el Reglamento electoral, se ha planteado al Consejo Superior de Deportes la revisión de la convocatoria electoral. Una vez se obtenga respuesta, que esperamos sea en estos días, se procederá de forma inmediata como determine este organismo».
Los presidentes consideran que esta situación es «de una máxima gravedad», al decidirse de forma unilateral «sin consultar y sin informar a nadie» no cumplir el calendario aprobado.
«Los interesados en el proceso electoral tienen conocimiento del Reglamento y el calendario aprobados por la Comisión Delegada y el CSD y no saben que el presidente ha decidido paralizar el proceso porque a él le conviene», denuncian los presidentes.
De igual manera, remarcan que «el incumplimiento del calendario se ha decidido a espaldas de esta Comisión Delegada, órgano competente para aprobar o modificar el Reglamento».
La sentencia mencionada por el presidente de la RFEP en el correo electrónico al que aluden los presidentes de las autonómicas «anula el apartado 1 c) del artículo 40 del Reglamento Electoral, sin afectar al resto de su articulado».
Por último, en el escrito remitido al CSD recuerdan que «el Reglamento Electoral es un acto administrativo firme» y, en consecuencia, el mismo «puede ser recurrido no siendo posible optar por incumplirlos o dejar de ejecutarlos».
«Exigimos al CSD que haga cumplir el Reglamento Electoral y sus anexos en los términos en que han sido aprobados», solicitan los presidentes denunciantes, recalcando que «el mismo fue aprobado por la Comisión Delegada y ratificado por el CSD» y que, por lo tanto, «debe ser cumplido en su totalidad, sin modificaciones arbitrarias que sirvan a los intereses de Hernanz».




















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