Miércoles, 19 de Noviembre de 2025

Actualizada Martes, 18 de Noviembre de 2025 a las 23:59:36 horas

¿Puede el Valencia finiquitar la cesión de Rafa Mir y el Sevilla despedirle?

IUSPORT IUSPORT Jueves, 05 de Septiembre de 2024

El Valencia, que llevaba años intentando fichar a Rafa Mir, se encuentra ahora en la difícil situación de plantearse romper el contrato de cesión con el Sevilla. Y este club se pregunta si puede despedirle en este momento o tiene que esperar.

Rafa Mir, cedido esta temporada al Valencia por el Sevilla, salió esta tarde del miércoles de los juzgados de Llíria (Valencia) en libertad provisional pero imputado (investigado) por un presunto delito de agresión sexual con acceso carnal y con medidas cautelares, como la retirada del pasaporte, una orden de alejamiento de 500 metros y la prohibición de contactar con las dos mujeres que le denunciaron a él y a su amigo y futbolista P. J.


Según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), ninguna de las partes personadas en el procedimiento solicitó la prisión preventiva para los arrestados.

El club valenciano, incómodo con esta situación, ha optado por ahora por "eximirle" de acudir a los dos próximos entrenamientos del equipo, un eufemismo que esconde un apartamiento temporal, para analizar en profundidad lo ocurrido y la decisión a adoptar.

 

El caso es feo ya que Mir está investigado por un presunto delito de agresión sexual con acceso carnal y se le han impuesto medidas cautelares, lo que recuerda mucho a los casos de Alves y Santi Mina, ambos condenados.
 

El Valencia está ganando tiempo para analizar la viabilidad jurídica de resolver anticipadamente  el contrato de cesión con el Sevilla, a cuya disciplina pertenece el jugador. Y, paralelamente, en el Sevilla podrían estar estudiando la posibilidad de rescindir el contrato laboral.

 

En cuanto a la primera de las cuestiones, habrá que estar al clausulado del contrato de cesión entre ambos clubes. Generalmente, estos contratos prevén eventualidades sobre la conducta moral de los jugadores, por lo que, de ser así, el Valencia podría dar por resuelto el contrato anticipadamente, retornando Rafa Mir al Sevilla. 

 

Y sobre la posibilidad de que el club andaluz despida al jugador, en su día tuvimos oportunidad de explicar este supuesto con motivo de una acusación similar sobre Santi Mina, jugador del Celta de Vigo, que finalmente fue condenado a 4 años de prisión por un delito de abuso sexual. 

 

Como dijimos entonces, se deben diferenciar dos supuestos: la prisión provisional y la prisión por sentencia firme. El Estatuto de los Trabajadores contempla de manera distinta estos dos casos y, por ende, las medidas a tomar por parte de la empresa.

 

Como indica el artículo 45.1.g del Estatuto de los Trabajadores, si se trata de un caso en que el trabajador ingresa en prisión provisional, el contrato queda suspendido, no se extingue.

 

Cosa distinta es si hay sentencia condenatoria firme con ingreso en prisión. El artículo 54 (ET), que trata sobre los “Despidos Disciplinarios”, establece en su apartado 2.a que, si se trata de un caso en el que el trabajador ingresa en prisión por sentencia firme, las faltas de asistencia no son justificadas y, por tanto, se incumple la relación contractual.

 

En el caso de Rafa Mir, no sólo no hay aún sentencia condenatoria, sino que ni siquiera está sujeto a prisión provisional, por el momento. 

 

Si se diera el caso de que Rafa Mir fuese condenado por sentencia firme, el Sevilla estaría facultado para la extinción del contrato por despido disciplinario procedente.


Como hemos expuesto, por ahora, el Sevilla solo podría suspender el contrato del jugador si el juez decretara su ingreso provisional en prisión, decisión que aún no se ha tomado. 

 

 

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