Miércoles, 19 de Noviembre de 2025

Actualizada Martes, 18 de Noviembre de 2025 a las 23:59:36 horas

La CNMC multa a RTVE por publicidad encubierta en un torneo de golf en Teledeporte

IUSPORT IUSPORT Miércoles, 10 de Julio de 2024

La CNMC ha sancionado a RTVE por emitir  publicidad encubierta durante el “Torneo de Golf de Peralada” en el canal Teledeporte.

En concreto, la CNMC ha constatado que durante esta emisión (el 9 de marzo de 2023) se mostró una bebida energética y su logo, se citó su nombre, y se promocionó de forma explícita mediante un reto propuesto a las jugadoras del torneo. En ningún momento de la emisión se advirtió de su tratamiento como publicidad ni apareció ninguna sobreimpresión identificativa.

Estas emisiones vulneran el artículo 122.3 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual. La LGCA establece que los emplazamientos publicitarios deben estar debidamente señalizados para que un espectador siempre sea consciente de cuándo se le está informando y cuándo se le está tratando de vender un producto comercial.

 

La Ley de financiación de la Corporación de Radio y Televisión Española establece que "la Corporación RTVE no podrá emitir publicidad, televenta y, en su caso, programas de acceso condicional", algo que no se cumplía el pasado jueves 9 de marzo, cuando el canal Teledeporte, de RTVE emitió un publirreportaje. 

 

Fue durante la emisión del Torneo de Golf de Peralada cuando tras dar la clasificación de las deportistas que competían, el locutor decía: "Y ahora nos vamos con uno de los nuevos patrocinadores del Santander Golf Tour...", para a continuación mostrar una bebida energética.

 

Las jugadoras del torneo participaban en una especie de reto para reconocer el sabor de la bebida, que se cita claramente, se muestra su logo y se promociona de forma explícita. La emisión no está disponible ya en la web de Teledeporte, pero sí en otras plataformas. 

 

Según ha podido saber 20minutos.es esta retransmisión es un programa grabado que RTVE recibe de una empresa externa y que la televisión pública emite ya producida. Usualmente, este tipo de contenidos se visionan antes de su emisión para evitar este tipo de incumplimientos de la ley, cosa que parece no haber ocurrido. La Corporación pública no ha hecho comentarios al respecto.


La sanción prevista de 120.000 euros se ha reducido un 40 % por reconocimiento expreso de la responsabilidad (20 %) y pago anticipado de la sanción (20 %).

 

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