
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo se ha pronunciado confirmando el derecho del sindicato Futbolistas ON a recibir un porcentaje de los ingresos derivados de la explotación comercial conjunta de los derechos audiovisuales del fútbol español.
El Tribunal Supremo confirma la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, el pasado 30 de abril de 2021.
La sentencia dictada por la Audiencia Nacional, ahora confirmada por el Tribunal Supremo, ordena a la Liga de Fútbol Profesional que entregue al sindicato Futbolistas ON «la cantidad resultante de aplicar el 4,06% que se corresponde con el porcentaje de representatividad alcanzado en el proceso electoral» sobre el importe total del 0,5% del importe neto total de los ingresos obtenidos de la explotación comercial conjunta de los derechos audiovisuales en el año 2020 y siguientes.
Igualmente, condena a la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) a que, en concepto de indemnización de daños y perjuicios, «abone al sindicato demandante la cantidad que le hubiera correspondido del 0,5% del importe neto total para el 2019 de los ingresos obtenidos de la explotación comercial conjunta de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales, la cual asciende a 307.748 €».
Tras esta resolución de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, tanto AFE como el propio sindicato Futbolistas ON recurrieron en casación ante el Tribunal Supremo, quien ha desestimado ambos recursos confirmando la resolución mencionada.
¿De dónde viene el problema?
En el año 2015, siendo AFE el único sindicato existente en el sector, se convoca una huelga que culmina en un acuerdo firmado con la Liga Nacional de Fútbol Profesional, donde esta última se compromete a abonar a AFE, como sindicato mayoritario de los futbolistas profesionales, el 0,5% del importe neto total de los ingresos obtenidos de la explotación comercial conjunta de los derechos audiovisuales de las competiciones futbolísticas, para la realización de una serie de actividades.
Posteriormente, en el año 2018, nace un nuevo sindicato llamado Futbolistas ON. Este ha solicitado en varias ocasiones participar, de forma proporcional, en el reparto acordado entre AFE y La Liga. Entienden, y así lo ha confirmado ahora el Tribunal Supremo, que tienen derecho a participar en el reparto de ese 0,5%, de forma proporcional.
Futbolistas ON no pretende anular el acuerdo suscrito, sino que califica como vulneradora de la libertad sindical, esa negativa a permitir su participación en el reparto de dicho fondo, en proporción a la representación sindical que ostenta.
¿Qué ha resuelto el Tribunal Supremo?
El Tribunal Supremo, tras recordar una serie de resoluciones aplicables al caso, entiende que «el pacto de 2015 mantiene su vigencia, el sindicato AFE percibe en cada anualidad las sumas correspondientes a aquel 0,5% de los derechos de explotación, sus efectos continúan desplegándose tras la constitución del sindicato Futbolistas ON».
No obstante, el hecho de que este nuevo sindicato esté excluido del reparto del porcentaje mencionado anteriormente «afecta de manera grave al ejercicio de su actividad sindical en condiciones de desigualdad respeto al único sindicato al que la patronal entrega aquellos fondos», en detrimento de Futbolistas ON.
Por su parte, el motivo más relevante del recurso interpuesto por Futbolistas ON radica en que el mismo sostiene que «el porcentaje de participación de cada sindicato en el fondo económico litigioso no debe de hacerse en función del nivel de representatividad obtenido en las elecciones (que la sentencia fija en un 4,06%), sino en razón del último número de afiliados acreditado por cada uno de ellos, lo que en su caso supondría un 34,07%».
El Tribunal desestima esta cuestión al entender que «el único dato objetivo es el porcentaje de representatividad obtenido por cada sindicato en las elecciones sindicales ya celebradas».
En virtud de todo lo comentado, el Tribunal Supremo desestima ambos recursos y confirma la sentencia dictada el 30 de abril de 2021 por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
Por lo tanto, tal y como hemos mencionado anteriormente, deberá abonarse la cantidad resultante de aplicar el 4,06% sobre la cantidad correspondiente al porcentaje entregado a AFE (0,5% del importe neto total de los ingresos derivados de la explotación comercial de los derechos audiovisuales), desde el año 2020 en adelante y AFE deberá abonar a Futbolistas ON la cantidad de 307.748 €.

















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