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José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Viernes, 01 de Enero de 2016

El recurso del Barcelona por Arda Turan ya es papel mojado

El FC Barcelona anunció el pasado 9 de noviembre que presentaría ante el Tribunal de Arbitraje del Deporte (TAS) un recurso por indefensión si la FIFA seguía sin pronunciarse sobre la posibilidad de inscribir al turco Arda Turan para cubrir la baja de larga duración del lesionado Rafinha Alcántara.


La FIFA nunca se pronunció de la manera pretendida por el Barcelona y desconocemos si el club acudió o no a la más instancia arbitral del deporte.


El club catalán se pasó todo este tiempo esperando por una respuesta que -debía saber- nunca se iba a dar. Quería una respuesta explícita de la FIFA por escrito sobre la posibilidad de inscribir a Turan, pero en puridad la FIFA ya se había pronunciado.


La FIFA sí respondió sobre Arda Turan


El FC Barcelona hizo público el 27 de septiembre un comunicado en el que reconocía que había "recibido una comunicación de la FIFA en relación con la petición planteada de autorización a la RFEF para que proceda a la inscripción del jugador Arda Turan".
 

Y añadía el comunicado del Barça: "La comunicación de la FIFA no ha resuelto la petición planteada por el FC Barcelona, sino que se ha limitado a manifestar "a título meramente informativo" que en su opinión la RFEF no está en condiciones de inscribir el jugador mencionado, ya que el reglamento de la RFEF "podría entrar en conflicto" con el reglamento de la FIFA que regula estas situaciones".

 
Y terminaba diciendo que "el FC Barcelona ha reiterado ante el organismo internacional la necesidad de concreción en su respuesta, en un sentido afirmativo o negativo, ya que nunca fue voluntad del FC Barcelona solicitar opinión jurídica alguna sino una autorización o, en su caso, una denegación, ya que la resolución dictada en su día por el TAS decretaba claramente una prohibición de inscripción de jugadores en dos ventanas de fichajes, sanción que ya ha sido cumplida en su integridad por el Club, tal como sostienen tanto los servicios jurídicos del FC Barcelona como los de la RFEF".

 
Pues bien, se equivó el club blaurana: no iban por ahí los tiros. Ya hemos dejado claro en IUSPORT, tanto Ramón Fuentes como Javier Latorre y Xavier Canal, que la competencia para resolver la petición de inscripción de Arda Turán correspondía a la RFEF, no a la FIFA.


¿Qué es lo que había resuelto entonces la organización mundial?
 

Pues se limitaba a "informar" desfavorablemente la tramitación de la ficha de Turan, pero ese acto meramente consultivo no va dirigido al club, sino al órgano competente para resolver, que es la RFEF. Eso era todo lo que podía hacer la FIFA, pero no fue entendido por el club.

 
Quién debía pronunciarse de forma explícita era la RFEF, que nunca lo hizo.


La RFEF evitó enfrentarse ala FIFA, ya que por aplicación de su propio reglamento, que sí contempla la posibilidad reclamada por el Barça, tendría que haber fallado a favor del club. Pero lo "desaconsejaba" la organización mundial del fútbol, aunque no tuviese razón.

 
En definitiva, la RFEF, con el silencio, obvió tener que resolver un feo dilema: ¿aplicaba su propio reglamento, que lo permite, o seguia ciégamente el informe negativo de la FIFA?


Al final, se impuso el "silencio administrativo" negativo.


Tampoco lo solicitó el club a la LFP


El club no utilizó la vía de la LFP. El club debió haber perido la tramitación de la ficha de inicio ante LaLiga, que era lo procedente. Era la patronal la que luego la enviaría a la RFEF.


Lo cierto es que el club catalán había cumplido la sanción de dos periodos de mercado sin fichar que le impuso la FIFA, el primero corresponde al invierno de la temporada 2014/15 y el segundo el 31 de agosto de 2015.

 
Pero ni el club lo peleó debidamente ni la RFEF se puso fácil. Al final lo queda es puro papel mojado. El jugador turco ya podrá causar alta en enero actual sin necesidad de esperar a que se resuelva aquel litigio.

 

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