Viernes, 09 de Enero de 2026

Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 20:51:16 horas

La declaración de la víctima como única prueba ante Dani Alves

Diego Fierro Rodríguez

Lunes, 27 de Noviembre de 2023

En el contexto del juicio oral por la acusación de agresión sexual contra Daniel Alves en una discoteca, la presunción de inocencia emerge como un principio fundamental en el sistema jurídico penal. La Audiencia Provincial de Barcelona debe observar escrupulosamente este principio al evaluar la prueba presentada, especialmente cuando la declaración de la víctima se posiciona como la única prueba de cargo.

 

La presunción de inocencia implica que toda persona es considerada inocente hasta que se demuestre su culpabilidad de manera fehaciente. Este principio constituye un derecho fundamental y se encuentra protegido por la legislación nacional e internacional. Ante una acusación, corresponde al Ministerio Público y al tribunal garantizar que la presunción de inocencia no sea vulnerada en el proceso penal.

 

Debe tenerse presente que la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha establecido, en reiteradas ocasiones, criterios fundamentales para evaluar la presunción de inocencia y determinar si ha sido vulnerada. En este sentido, se desglosan varias cuestiones que deben ser verificadas con detalle: en primer lugar, se debe constatar la presencia de pruebas tangibles, ya sean pruebas personales o reales, que respalden la acusación; en segundo lugar, es necesario determinar si las pruebas presentadas poseen un carácter incriminatorio, es decir, si apuntan directamente a la culpabilidad del acusado; en tercer lugar, se debe verificar si la obtención de las pruebas se llevó a cabo de manera conforme a los principios constitucionales, garantizando un acceso lícito al juicio oral; en cuarto lugar, la realización de las pruebas debe ajustarse a los procedimientos procesales establecidos, asegurando que se respeten los derechos de todas las partes involucradas; en quinto lugar, la prueba presentada debe ser lo suficientemente robusta como para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado; y en sexto lugar, el tribunal debe realizar una valoración racional de las pruebas presentadas, asegurando coherencia y consistencia en el análisis de los elementos probatorios.

 

LEER TEXTO COMPLETO

 

Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.