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Un gobierno en funciones aprueba el decreto de desarrollo de la ley antidopaje

IUSPORT Martes, 24 de Octubre de 2023

El alto órgano consultivo recriminó que la lucha contra el dopaje no se incardina en el despacho ordinario de los asuntos públicos, y que por tanto su regulación debe estar justificada.

El Consejo de Ministros aprobó este martes el reglamento de desarrollo de la Ley Antidopaje 2021, pese a tratarse de un gobierno en funciones. 


El Consejo de Estado recordó que el Gobierno se encuentra en funciones y, de acuerdo con la Ley de Gobierno, la actuación de este debe limitarse al «despacho ordinario de los asuntos públicos, absteniéndose de adoptar, salvo casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique, cualesquiera otras medidas».


En este sentido, el alto órgano consultivo recriminó que la lucha contra el dopaje no se incardina en el despacho ordinario de los asuntos públicos, y que por tanto su regulación debe estar justificada.

 

Entrando en materia, la norma incluye la creación de un nuevo "Grupo de Control" de deportistas, sometidos a seguimiento específico fuera de competición y permite la aplicación del método conocido como muestra con gota de sangre seca. Los deportistas de este nuevo "Grupo de Control", más numeroso, estarán obligados a indicar su localización de entrenamiento habitual, pero no podrán ser sancionados ante eventuales faltas de localización a diferencia de los incluidos en el llamado "Grupo Registrado de Control".


Estos últimos deben indicar a la Comisión Española de Lucha Antidopaje en el Deporte (CELAD) su localización habitual diaria durante una hora al día en la que pueden ser sometidos a un control antidopaje.

El Real Decreto que establece el reglamento de la Ley Orgánica 11/2021 de Lucha contra el Dopaje en el Deporte regula los procesos de recogida y extracción de muestras antidopaje y permite a la CELAD la aplicación del método conocido como toma de muestra con gota de sangre seca, "un nuevo sistema de extracción y transporte más eficiente que el método tradicional", según explicó el Consejo Superior de Deportes (CSD).

También incluye disposiciones relativas al Pasaporte Biológico que complementan su regulación como método de prueba válido ante la comisión de infracciones; regula los equipos de recogida de muestras para hacerlos más ágiles, más eficaces y más eficientes y profundiza en la habilitación de las personas que conforman los mismos.

El texto contempla que la CELAD y los órganos competentes de las comunidades autónomas podrán suscribir convenios que permitan el desarrollo de sistemas de reconocimiento mutuo de habilitaciones de agentes de control de dopaje y prevé la puesta en marcha de programas de educación y concienciación social para prevenir conductas prohibidas en el deporte.

Según el Ejecutivo, el reglamento pretende dotar a la ley "de mayor eficacia, eficiencia y seguridad en todos los procedimientos que contempla", adapta plenamente el ordenamiento jurídico español a la normativa internacional y "completa la adecuación de la labor y funciones de la CELAD".

El texto, que deroga el anterior vigente desde 2009, "responde a la constante necesidad de actualización del marco jurídico de la lucha contra el dopaje para adecuarlo a una realidad tan cambiante como consecuencia de la celeridad con la que se producen nuevos descubrimientos científicos, técnicos y metodológicos que permiten ganar terreno en la detección y represión de las prácticas dopantes y en la protección de un deporte limpio".

El CSD destacó que para su elaboración se ha contado con las observaciones de organismos públicos y entidades privadas del sector deportivo y del sanitario.

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TEXTO ÍNTEGRO DEL NUEVO DECRETO

 

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