
Galán entiende que antes hay que convocar elecciones a la presidencia de conformidad con el artículo 31.8 de los estatutos federativos.
Miguel Galán, entrenador y presidente de Cenafe, ha recurrido ante la jurisdicción contencioso administrativa la resolución del CSD por la que se autoriza el adelanto electoral en la RFEF al primer trimestre de 2024.
Galán entiende que antes hay que convocar elecciones a la presidencia de conformidad con el artículo 31.8 de los estatutos federativos.
Pues bien, en el mismo recurso, solicita la adopción de LA MEDIDA CAUTELAR INAUDITA PARTE consistente en LA SUSPENSIÓN DE LA RESOLUCION con el objeto asegurar la efectividad de cumplir de manera urgente con el articulo 31.8 de los estatutos de la Real Federación Española de Fútbol o en su defecto esperar la resolución del Tribunal Administrativo del Deporte.
Es necesaria la suspensión porque entiende que en el presente caso se dan las circunstancias de especial urgencia que avalan las probabilidades de pérdida de la finalidad legítima del recurso y que se hallan soportadas por una prueba suficiente, primero, porque, la resolución impugnada es nula de pleno derecho porque se ha dictado prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido, vulnerando la disposición final primera de la orden ministerial ECD/2764/2015.
Y segundo, porque con fecha 20 de septiembre de 2023, el propio Galán interpuso denuncia contra Pedro Rocha, presidente de la Comisión Gestora de la Real Federación Española de Fútbol y toda su junta gestora, por una presunta falta muy grave según el artículo 76.2a de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, denuncia que. VICTOR FRANCOS (Presidente del CSD) anunció que va a trasladar al Tribunal Administrativo del Deporte.
















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