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El CSD hace público el proyecto de nueva orden electoral para las federaciones

IUSPORT IUSPORT Miércoles, 11 de Octubre de 2023

Se abre un periodo de información pública desde el 13 de octubre al 3 de noviembre. Esta orden se aplicará a las elecciones ordinarias a celebrar en 2024

El CSD ha hecho público el Proyecto de Orden por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.

 

En su preámbulo expone que la nueva Orden mantiene la estructura de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre, preservando la sistemática de la regulación anterior e introduciendo las oportunas modificaciones al articulado allí donde se estima necesario.

 

En este sentido, dice que es preciso impulsar cambios en los procesos de elección de los órganos de gobierno de las federaciones deportivas españolas con los siguientes objetivos: en primer lugar, adaptar el periodo de celebración de elecciones coincidiendo con la celebración de los correspondientes Juegos Olímpicos.

 

Además, añade que es preciso adaptar la regulación de aquellos que tienen la consideración de electores y elegibles conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del deporte.

 

Otra de las modificaciones introducidas tiene como finalidad ajustar la proporcionalidad de la composición de las Asambleas Generales a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, así como a la posibilidad de que exista más de una competición profesional en una federación deportiva española.

 

En aras de intensificar la transparencia de los procesos electorales, se siguen reforzando las obligaciones adicionales en materia de publicidad y difusión de las convocatorias y la información electoral, utilizando para ello las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

 

Es igualmente novedosa la exigencia de que la Comisión Delegada y la Comisión Gestora de las federaciones deportivas españolas se integren por, al menos, un 40% de mujeres.

 

Se lleva a cabo una modificación de determinadas cuestiones que afectan a la convocatoria de elecciones como el anuncio de ésta o que la convocatoria de elecciones corresponde en exclusiva a la persona que ostenta la presidencia de la Federación, así como una actualización de los medios para anunciarla y la eliminación de las agrupaciones de candidaturas.

 

Impide la vuelta de Rubiales si lo inhabilita la FIFA

 

Otra de las novedades tiene que ver con el buen gobierno. Así, se impide que sean candidatos o candidatas a la Asamblea General y a la presidencia de las federaciones deportivas españolas quienes incurran en causas de incapacidad, incompatibilidad, inelegibilidad o hayan sido condenados por sentencia firme por los órganos disciplinarios de federaciones nacionales o internacionales o por tribunales deportivos nacionales o internacionales.

 

Dato significativo: los "barones" no serán miembros natos

 

Los presidentes de las Territoriales dejan de ser miembros natos de la asamblea de la Española.

 

En el art. 8.2 de la orden de 2015 se decía:

 

Artículo 8. Composición de la Asamblea General.

1. La Asamblea General estará integrada por miembros natos y miembros electos en representación de los distintos estamentos.

2. Serán miembros natos de la Asamblea General:

a) El Presidente de la Federación Española.

b) Todos los Presidentes de Federaciones autonómicas integradas en la Federación Española y, en su caso, los Presidentes de Comisiones Gestoras.

 

En el art. 8.3 de la  proyecto de nueva orden se dice:

 

"Las Federaciones Deportivas Autonómicas que estuvieren integradas en la correspondiente Federación Deportiva Española, que estarán representadas cada una de ellas por una persona elegida por mayoría absoluta de la Asamblea General de la Federación Autonómica y que cumpla con los requisitos de elegibilidad establecidos en el último párrafo del artículo 5.1".

 

TEXTO ÍNTEGRO DEL PROYECTO

 

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