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A la espera del desarrollo reglamentario de la nueva ley del deporte

Eduardo Blanco

Martes, 12 de Septiembre de 2023

Se inicia el camino de la democratización con la ley de 1980 y especialmente con la aprobación del conocido como «Decreto-Antiporta» que estableció un límite a los mandatos federativos para renovar caras que procedían de la época de la dictadura.

El denominado “Caso Rubiales” pone de nuevo sobre la mesa el debate de la reforma de las federaciones, con una nueva ley del deporte de 2022 que confirma los vacíos que contiene y la necesidad imperiosa de su desarrollo reglamentario.

 

El deporte en España durante el régimen franquista fue de carácter sustancialmente federado, bajo un férreo control por parte de la Delegación Nacional de Deportes que nombraba a quienes presidian las federaciones. Se inicia el camino de la democratización con la ley de 1980 y especialmente con la aprobación del conocido como «Decreto-Antiporta» que estableció un límite a los mandatos federativos para renovar caras que procedían de la época de la dictadura. Con la ley de 1990, su desarrollo en 1991 hace que no sean sólo los clubes quienes tengan la palabra en los procesos electorales, sino que participen también deportistas, técnicos, árbitros, etc.

 

Ha transcurrido ya mucho tiempo y es el momento de progresar en la democratización de las federaciones deportivas españolas, entre otras acciones, mediante el proceso de transición digital, asegurar una buena gobernanza y transparencia de la gestión federativa, favorecer la incorporación de la mujer y las personas con discapacidad, reformar el proceso electoral y acoger al deporte social y ciudadano en su seno. Y este es el buen camino que pondrá más difícil que una persona desde una presidencia pueda decidir los designios de una federación, es decir, controlar la voluntad y voto de las personas que conforman su asamblea.

 

El CSD ya llegó tarde, pues el Tribunal Administrativo del Deporte pone reparos a calificar de infracción muy grave la conducta de Rubiales, aun cuando la nueva ley si la regula como tal. La razón es que la disposición transitoria tercera de la nueva ley dispone que “El régimen sancionador y disciplinario previo a la entrada en vigor de la presente ley continuará rigiendo hasta que el nuevo sistema común de carácter extrajudicial se desarrolle reglamentariamente.

 

El Gobierno deberá llevar a cabo este desarrollo reglamentario en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley”. Han pasado nueve meses y pasarán muchos más, pues hay mucho que desarrollar de la nueva ley, pero el CSD lleva años de continuos cambios políticos en su cúpula y no se observa un horizonte próximo que aporte estabilidad.

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Eduardo Blanco

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*Remitido por el autor. Publicado en La Voz de Galicia

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