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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

El CSD basa su petición de suspensión en el daño de Rubiales a la marca España

IUSPORT IUSPORT Domingo, 03 de Septiembre de 2023

El CSD ya no puede suspender a Rubiales. Sí lo ha hecho la FIFA por 90 días, porque solo podía hacerlo si el TAD abría expediente por falta muy grave y no ha ocurrido.

Como saben los lectores de IUSPORT, el CSD ha pedido al TAD que acuerde la suspensión provisional de Rubiales tras su decepcionante resolución de incoación de expediente por falta grave.

 

Pues bien, la petición razonada, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, enviada por el CSD al TAD para que suspenda provisionalmente a Luis Rubiales mientras resuelve el expediente incoado, está basada en el daño causado a la imagen de España y de su deporte tanto nacional como internacionalmente.

 

“Los actos son de especial gravedad, ya que tuvieron lugar en la celebración de la final del Mundial de fútbol femenino y, por tanto, fueron objeto de una difusión extraordinaria en el ámbito internacional, afectando directamente a la imagen del deporte español. Y ello teniendo en cuenta que dichos actos fueron protagonizados, tanto en el palco de autoridades como en la entrega de trofeos, por el presidente de la RFEF, que es el máximo representante del fútbol español”, reza el texto.


El CSD ya no puede suspender a Rubiales. Sí lo ha hecho la FIFA por 90 días, porque solo podía hacerlo si el TAD abría expediente por falta muy grave y no ha ocurrido.

 

Con este movimiento, es ahora a los miembros del TAD a quienes corresponde de manera exclusiva decidir si los actos de Rubiales y los que pueda cometer en un futuro perjudican la reputación de España. En esta línea se ha manifestado este sábado el propio presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez. “Con toda esta polémica que ha habido con respecto al Mundial y a la selección española femenina de fútbol, estoy convencido de que hay mucha gente que se pregunta si esto habrá causado un daño a la imagen exterior de España”, aseguró Sánchez, que añadió: “Uno no puede aspirar a representar a España y dejar mal a España con actitudes y discursos que nos abochornan y no nos representan”. La suspensión de la FIFA también se cimienta en el daño a la imagen del fútbol y de la propia institución mundial que lo rige.

 

La petición razonada del CSD para que el TAD suspenda de manera provisional a Rubiales expone que en la introducción del texto de la nueva Ley del Deporte se hace referencia a la representación de sus dirigentes como un asunto de interés público por la proyección de España no solo en el ámbito del deporte, sino también en el económico, por lo que resulta afectado el crecimiento del país. “El preámbulo de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte configura el deporte de alto nivel y la representación del deporte español como cuestiones de interés público, por la destacada proyección de España, así como de sus comunidades autónomas con competencias en la materia, que ello supone a nivel internacional y que tiene su reflejo no solo a nivel deportivo, sino en muchos otros sectores de la economía que favorecen el crecimiento del Estado”, se puede leer.

 

Las actuaciones de Rubiales no se limitaron a los actos anteriormente citados, según el escrito, sino que sus actuaciones posteriores han seguido cercenando la imagen de España y pueden seguir haciéndolo. En este sentido, el documento apunta a la carta que, empeñado en mantener el rubialismo, el secretario general de la federación mandó a la UEFA para que esta se la reenviara a la FIFA y que puso en riesgo la participación de los equipos españoles y de la selección en las competiciones internacionales: “Los hechos que han motivado la incoación del expediente sancionador no se agotaron con la comisión de las presuntas infracciones, sino que sus efectos continúan manifestándose e incluso van en aumento. Y ello debido a la enorme repercusión nacional e internacional de dichos hechos. Muestra de ello es también la solicitud que la RFEF envió a la FIFA a fin de sancionar a España, lo que, además de la imagen del deporte español, afectaría a clubes, jugadores, técnicos y terceros en general”.

 

Aunque el presidente interino de la federación, el extremeño Pedro Rocha, ordenó retirar la amenazante carta, el texto incide en que Rubiales puede perjudicar la candidatura conjunta de España, Portugal y Marruecos para organizar el Mundial 2030. “En este sentido, estos efectos reputacionales negativos, que no hacen más que evidenciar el grave perjuicio que se está produciendo al deporte español todavía a día de hoy, afectan a las relaciones con federaciones internacionales que podrían perjudicar que se otorgue a España la organización de importantes eventos deportivos, tales como el Mundial de fútbol de 2030″. Los beneficios económicos que depararía la organización de la Copa del Mundo los estimó el propio Rubiales en una entrevista en este periódico en 30.000 millones de euros.

 

Comenta Ladislao Moñino en El Páis que la decisión que tomen los miembros del TAD será escrutada no solo en España.

 

El presidente del tribunal, Miguel Pajuelo, es el único que ha presentado un voto particular contrario a no calificar el beso de muy grave, según infrmó en primicia IUSPORT.

 

Los seis miembros del TAD (el CSD no ha designado al séptimo) deben dirimir si suspenden de manera provisional o no a Rubiales son: el presidente mencionado y  los vocales Eva Fernández, (abogada del Estado), Pilar Juárez (profesora de la Universidad Carlos III), Alfonso Ramos del Molins (abogado del Estado), Marina Adela Porta Serrano (abogada del Estado) y Jaime Caravaca (abogado del Estado).

 

Este último, es sobrino de Ramón Caravaca, que está asociado a un conocido despacho que presta asesoramiento jurídico externo de la Federación.

 

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