F. Shutterstock"Seguimos siendo de la opinión de que el reglamento DSD ('diferencias en el desarrollo sexual') es un medio necesario, razonable y proporcionado para proteger la competición leal en la categoría femenina".
World Athletics, la federación internacional de atletismo, no cambiará su normativa pese al fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo a favor de la atleta sudafricana Caster Semenya y ha animado al gobierno de Suiza, país donde se vio el caso, a remitirlo a la Gran Sala de dicho Tribunal.
"Seguimos siendo de la opinión de que el reglamento DSD ('diferencias en el desarrollo sexual') es un medio necesario, razonable y proporcionado para proteger la competición leal en la categoría femenina, tal y como el Tribunal de Arbitraje Deportivo y el Tribunal Federal Suizo consideraron tras una evaluación detallada y experta de las pruebas", indicó el organismo deportivo tras conocer la sentencia.
"El caso se presentó contra el Estado suizo y no contra World Athletics", recuerda. "Nos pondremos en contacto con el Gobierno suizo y, dadas las fuertes opiniones discrepantes en la decisión, le animaremos a que solicite la remisión del caso a la Gran Sala del TEDH para una decisión final y definitiva. Mientras tanto", añade, "se mantendrá el reglamento actual de la DSD, aprobado por el Consejo Mundial de Atletismo en marzo de 2023".
La atleta intersexual Caster Semenya, campeona olímpica de 800 m en 2012 y 2016, se consideró discriminada como mujer después de que World Athletics, antes denominada IAAF, le negara participar en ciertas pruebas femeninas por sus altos niveles de testosterona.
En su sentencia, los jueces europeos condenan a Suiza, que es donde tiene su sede el Tribunal Arbitral Deportivo (TAS), que había rechazado el arbitraje que pedía Semenya para que no se le exigiera someterse a un tratamiento hormonal que le redujera el nivel de testosterona por debajo del umbral que le había fijado la IAAF como condición para competir.
El TEDH considera que, con Semenya, Suiza (y en consecuencia el TAS y la IAAF) violó el artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos que prohíbe las discriminaciones.
Como la atleta no había pedido ninguna compensación por daños materiales o morales, los jueces europeos no han fijado ninguna indemnización, pero Suiza sí que le tendrá que abonar 60.000 euros por las costas judiciales.
La Gran Sala del TEDH toma decisiones en dos supuestos: por inhibición de una sala o como consecuencia del reenvío de un fallo, que es lo que World Athletics propondrá al gobierno suizo.
El propio TEDH admite que el reenvío es aceptado "en contadas ocasiones".













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