
La decisión judicial debería conducir al comité de la RFEF a una resolución en el mismo sentido, de archivo pues, como ha declarado el Tribunal Supremo, unos hechos "no pueden ser y dejar de ser" al mismo tiempo.
El magistrado titular del Juzgado de Instrucción nº 48 de Madrid ha dictado auto de sobreseimiento provisional de la denuncia formulada por el jugador del Villarreal, Alejandro Baena, por la supuesta agresión cometida contra él por el jugador del Real Madrid, Federico Valverde, en el párking del Santiago Bernabéu tras el partido de Liga que enfrentó a los dos equipos el pasado 8 de abril.
Según recoge el juez en el auto de archivo, ‘no resulta debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado lugar a la formación de la causa’, motivo por el cual declara el sobreseimiento provisional.
Este archivo coincide en el tiempo con el expediente instuido por la RFEF. El instructor ha propuesto hace escasos días al Comité de Competición una sanción de cinco partidos al centrocampista uruguayo del Real Madrid, Fede Valverde por los mismos hechos.
Pues bien, la decisión judicial debería conducir al comité de la RFEF a una resolución en el mismo sentido, de archivo, pues, como ha declarado el Tribunal Constitucional, unos hechos "no pueden ser y dejar de ser" al mismo tiempo, doctrina conocida como "unos mismos hechos".
Como mínimo, debería producir una suspensión del procedimiento disciplinario hasta que el archivo penal sea definitivo.
























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