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Multa de 60.000 euros por quebrantar la prohibición de acceso a los estadios

Redacción de Iusport Redacción de Iusport Martes, 27 de Junio de 2023

Se trata de un individuo que, teniendo en vigor la prohibición de acceso a los recintos deportivos, fue localizado en el estadio con ocasión del encuentro Athletic Club – Real Sociedad, celebrado el 15 de abril.

La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte, reunida hoy en el Consejo Superior de Deportes, ha acordado diversas propuestas de sanción, entre las que destacan:

 

Multa de 60.001 euros, y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de dos años, a un individuo que, teniendo en vigor la prohibición de acceso a los recintos deportivos, fue localizado en el estadio ocupando un asiento en la 5ª fila del Sector 108, Tribuna Norte Baja, con ocasión del encuentro Athletic Club – Real Sociedad, celebrado el 15 de abril.

 

Multa de 60.000 euros al Club Atlético Osasuna por permitir que, el día anterior a la celebración de la semifinal de la Copa del Rey que tuvo lugar en el estadio de San Mamés el 5 de mayo, los jugadores una vez acabado el entrenamiento celebrado en su estadio saliesen a la calle Eladio Cilveti y homenajeasen con su presencia y aplausos a un numeroso grupo de individuos que estaban situados tras una pancarta con el nombre de un grupo cuyos miembros han sido sancionados como autores de numerosas infracciones a la Ley 19/2007. En este sentido, la Comisión ve en la actuación coordinada de los jugadores del Atlético Osasuna un apoyo explícito del club a un grupo cuyos miembros son infractores de la Ley.

 

Multa de 40.000 euros al Sevilla CF por permitir, durante la celebración del título de campeón de la Europa League 2023 (UEFA) el pasado día 1 de junio, la exhibición en el interior del estadio, en la parte superior de uno de los vomitorios de la grada gol norte, de la bandera de un grupo cuyos miembros han sido sancionados por numerosas infracciones a la Ley 19/2007 y, por tanto, el club no puede prestar ningún tipo de apoyo. Además, cuando los jugadores exhibieron el trofeo alrededor del terreno de juego, al pasar por la mencionada zona de Gol Norte, el capitán del equipo ofreció la copa de campeones al speaker de dicha zona de la grada, vistiendo este una camiseta con las siglas del grupo antes citado.

 

Multa de 20.000 euros al Athletic Club por haber permitido que, durante el entrenamiento celebrado el 3 de abril pasado, accediesen al estadio numerosos aficionados con bengalas y las encendieran posteriormente en las gradas. Estas actuaciones de los aficionados no solo fueron celebradas por los jugadores desde el terreno de juego sino que el propio club, en su perfil oficial de la red social Twitter, celebró y animó dichos comportamientos.

 

Dos multas de 15.000 euros al RC Celta de Vigo por permitir que, una vez finalizado el partido, dos individuos situados en la grada de animación saltaran la valla de separación con el terreno de juego, avanzaran hasta el banderín de córner, y mediante gestos y gritos que fueron secundados por toda la grada de animación, solicitaran la presencia de los jugadores locales, quienes accedieron a la petición de dichos individuos ante la pasividad de los vigilantes de seguridad con ocasión del encuentro Celta de Vigo- Girona, celebrado el 23 de mayo.

 

Multas de 10.000 euros, y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de un año, respectivamente, a seis aficionados que han sido identificados como autores de la colocación de una pancarta, exhibida en la puerta del establecimiento que es lugar habitual de reunión de los aficionados locales, cuya leyenda era insultante y racista e iba dirigida al jugador del Real Madrid, VInicius Jr. con ocasión del encuentro Mallorca– Valencia CF, celebrado el 25 de mayo.

 

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