El presidente de Apelación, Miguel Díaz y García-Conlledo"Pareciera que el objetivo principal y único del recurrente más allá de la tutela del fondo de las pretensiones esgrimidas es la obtención de una suspensión cautelar de forma automática como fin en sí mismo, y no como medida accesoria o simplemente instrumental", añade.
Como saben los lectores de IUSPORT, el Comité de Apelación de la RFEF, en una resolución de este viernes a la que ha tenido acceso IUSPORT, tras el recurso del Valencia, ha entrado en el fondo del asunto y ha reducido de cinco a tres partidos el cierre parcial de grada en Mestalla.
También hemos explicado que ayer el mismo comité inadmitió la medida cautelar por haberla presentado el club de forma independiente, sin recurrir la sanción, defecto que subsanaron de inmediato, hecho que ha originado un auténtico tirón de orejas por parte del Comité.
Apelación descartó que el Valencia haya sufrido indefensión, entre otros motivos, por tratarse de un procedimiento ordinario y porque no presentó alegaciones al acta en plazo establecido (antes de las 14:00 h. del segundo día hábil), a la vez que le reprocha pedir medidas cautelaras sin presentar el recurso.
Cuestiona el comité que el club, nada más recibir el expediente, "sin esperar a su análisis, presenta en el mismo día a los minutos de la notificación de la inadmisión de la cautelar un amplio recurso reiterando la solicitud de medidas cautelares".
"Pareciera que el objetivo principal y único del recurrente más allá de la tutela del fondo de las pretensiones esgrimidas es la obtención de una suspensión cautelar de forma automática como fin en sí mismo, y no como medida accesoria o simplemente instrumental", añade.
El presidente de Apelación es Miguel Díaz y García-Conlledo, "uno de los grandes penalistas españoles", en palabras del prestigioso jurista Alberto Palomar.
El Comité de Competición sancionó inicialmente al Valencia con la clausura parcial de la Grada Kempes durante cinco partidos, más una multa de 45.000 €, por la comisión de las infracciones muy graves tipificadas en los artículos 69.1.c), 69.2.d) y 76.1 del Código Disciplinario de la RFEF, tras los insultos racistas a Vinícius en el partido de la última jornada de Liga, que estuvo interrumpido unos minutos porque el jugador se encaró con los autores que estaban en la grada.























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