
El Sevilla en su recurso alegó que su futbolista debió ser amonestado y no expulsado ya que formuló una observación hacia el árbitro principal sin proferir insulto hacia él, por lo que debió haberse aplicado el artículo 118.1c del Código Disciplinario de la RFEF.
El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol (RFEF) ha desestimado el recurso presentado por el Sevilla y ha confirmado la sanción de dos partidos al argentino Marcos Acuña.
Acuña fue expulsado por roja directa, según el acta del partido ante el Celta, por gritar al colegiado en reiteradas ocasiones "¿Te lo has cargado, eres el puto personaje del partido!", por lo que el Comité de Competición le impuso dos partidos de suspensión en aplicación del artículo 124 del Código Disciplinario de la RFEF.
El Sevilla en su recurso aduce que su futbolista debió ser amonestado y no expulsado ya que formuló una observación hacia el árbitro principal sin proferir insulto hacia él, por lo que debió haberse aplicado el artículo 118.1c del Código Disciplinario de la RFEF.
Así mismo, pidió que se resolviera antes de hoy a las 11.00 para que pudiera ejercitar su derecho de defensa y solicitar la suspensión cautelar de la sanción ante el Tribunal Administrativo del Deporte y si no que se acordara la suspensión cautelar de la ejecución de la sanción.
Apelación insiste, como en otros casos, en el valor probatorio de las actas y que las decisiones del árbitro sobre los hechos relacionados con el juego son definitivas presumiéndose ciertas, salvo error material manifiesto, y que en el caso de Acuña no consta prueba documental videográfica al respecto, por lo que los miembros de este Comité de Apelación, de manera unánime, entienden que no es posible apreciar un error material manifiesto capaz de desvirtuar la presunción de veracidad del documento del colegiado.
























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