
La sentencia desestima íntegramente todas las pretensiones del Real Madrid, confirma las sanciones impuestas y avala una vez más el Reglamento audiovisual de LaLiga
El Juzgado central de lo contencioso-administrativo nº 4 de Madrid, en sentencia del 4 de abril a la que ha tenido acceso IUSPORT, ha resuelto un nuevo recurso del Real Madrid CF contra las sanciones impuestas por su incumplimiento del Reglamento para la Retransmisión televisiva de LaLiga, y contra el propio Reglamento.
Como en ocasiones anteriores, el Real Madrid había solicitado al juez la nulidad de la resolución impugnada, así como de las resoluciones de las que ésta deriva, por las que se le imponía diversas sanciones por incumplimiento del Reglamento para la Retransmisión Televisiva de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, aprobado definitivamente mediante la resolución de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes de fecha 26-7-2018, y también impugnaba por vía indirecta el propio reglamento.
La sentencia desestima íntegramente todas las pretensiones del club blanco, confirma las sanciones impuestas y, respecto de la supuesta ilegalidad del Reglamento, dispone entre otras consideraciones que: “no pudiendo considerarse vulnerados ninguno de los mencionados principios, [legalidad, tipicidad, presunción de inocencia, culpabilidad y jerarquía normativa] pues como ya se puso de manifiesto en la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 6-9-2021, dictada en el procedimiento ordinario 25/2021, el Reglamento de Retransmisiones Televisivas se ajusta plenamente a la legalidad”.
A este respecto, dice la sentencia, en los fundamentos de derecho octavo a duodécimo de la resolución dictada el 14 de junio de 2022 2022 por el Juez de Disciplina Social de la La Liga se da cumplida respuesta a todas las cuestiones que se plantearon por la entidad recurrente en vía administrativa, y que ahora se reproducen en el presente recurso contencioso-administrativo. Para cada uno de los tres partidos se describen los incumplimientos sancionados, estando debidamente acreditados tales incumplimientos.
Y añade que en los fundamentos de derecho cuarto a sexto de la resolución dictada el 4 de agosto de 2022 por el Tribunal Administrativo del Deporte también se rechazan las alegaciones sobre inexistencia de infracciones, realizadas por la entidad ahora demandante, para cada uno de los cinco partidos.
Asimismo, dice la sentencia que “Respecto a la impugnación indirecta del Reglamento para la Retransmisión Televisiva de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, aprobado definitivamente mediante la resolución de la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes de fecha 26-7-2018, debe de rechazarse tal impugnación”.
LaLiga subraya que esta sentencia se une a todos los anteriores pronunciamientos que, de manera ampliamente mayoritaria, han inadmitido o desestimado los recursos del Real Madrid al respecto, en este ámbito y en otros relativos al desarrollo y aplicación del Real Decreto Ley 5/2015 por LaLiga.




















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28