
Competición estimó que las circunstancias alegadas como atenuantes son merecedoras de consideración, "singularmente las disculpas y arrepentimiento en público del jugador" en sus redes sociales, y aplicó el grado mínimo de la sanción -4 partidos-, en aplicación del articulo 99, en el que está tipificada la acción.
El Comité de Competición de la Federación Española de Fútbol (RFEF) aplicó el grado mínimo en la sanción al jugador brasileño Fernando Reges, al que castigó con 4 partidos por insultar a los árbitros.
Fernando Reges fue expulsado en el minuto 94 por insultar a un árbitro asistente y tras ver la roja insultar al arbitro principal.
El brasileño protestó una jugada y cuando el árbitro Pulido Santana se acercó para mostrarle la cartulina que lo expulsaba, Fernando, enfurecido, comenzó a increpar al colegiado muy cerca del asistente y del cuarto árbitro.
El acta recoge insultos muy graves del centrocampista del Sevilla hacia el asistente de Pulido Santana, por lo que se expone a una sanción de 4 a 12 partidos.
A tenor del artículo 99 del Código Disciplinario de la RFEF, "insultar, ofender o dirigirse en términos o actitudes injuriosas al árbitro principal, asistentes, cuarto árbitro, directivos o autoridades deportivas, salvo que constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos".
En el capítulo del acta 'otras incidencias', Pulido Santana señala que Fernando "fue expulsado en el minuto 94 por el siguiente motivo: dirigirse a mi árbitro asistente número 1 en los siguiente términos: 'cabrón, cabrón, hijo de puta, cabrón'".
"Una vez expulsado, tuvo que ser sujetado por miembros de su equipo, dirigiéndose a mí en los siguientes términos: 'hijo de puta, eres un hijo de puta'", añade el árbitro en este capítulo sobre el futbolista del Sevilla, quien estaba en el momento de la expulsión en el banquillo tras haber sido sustituido en el minuto 83 por su compatriota Alex Telles.
Competición estimó las alegaciones parcialmente al considerar que las circunstancias alegadas como atenuantes son merecedoras de consideración, "singularmente las disculpas y arrepentimiento en público del jugador" en sus redes sociales, y aplicó el grado mínimo de la sanción -4 partidos-, en aplicación del articulo 99, en el que está tipificada la acción.
Estima las alegaciones sobre Sampaoli
El Comité sí estimó las alegaciones del Sevilla para retirar la amonestación mostrada a su entrenador, Jorge Sampaoli.
Sampaoli fue amonestado en el encuentro Sevilla-Osasuna (2-3) de la pasada jornada de Liga por "salir de área técnica habiendo sido advertido previamente", según el acta arbitral.
Competición señaló en su resolución que del examen de las imágenes aportadas por el Sevilla se desprende que la conducta de Sampaoli "no se corresponde con la descripción que de la misma realiza el colegiado en el acta arbitral", por lo que dejó sin efecto la amonestación al técnico.
En el caso del jugador expulsado, el Sevilla en sus alegaciones no cuestionó la decisión arbitral, pero solicitó que se acordara la sanción correspondiente en su grado mínimo.























Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28