F. ShutterstockSobre este asunto se pudo conocer hace escasas semanas una sentencia de la Sala II del Tribunal Supremo que marca el futuro de las primas pagadas a terceros por ganar en competiciones deportivas dentro del ámbito del Derecho Penal, dejándolas fuera de cualquier consecuencia penal.
El tema de las primas pagadas por terceros a los jugadores de un club deportivo constituyen una interesante cuestión por la polémica que tienden a generar y por su posible relevancia jurídico-penal.
Sobre este asunto se pudo conocer hace escasas semanas una sentencia de la Sala II del Tribunal Supremo que marca el futuro de las primas pagadas a terceros por ganar en competiciones deportivas dentro del ámbito del Derecho Penal, dejándolas fuera de cualquier consecuencia penal.
Debe tenerse presente que el núcleo de todo el asunto se refiere al delito de corrupción deportiva, infracción penal regulada en el artículo 286 bis 4 del Código Penal, que determina que “lo dispuesto en este artículo será aplicable, en sus respectivos casos, a los directivos, administradores, empleados o colaboradores de una entidad deportiva, cualquiera que sea la forma jurídica de ésta, así como a los deportistas, árbitros o jueces, respecto de aquellas conductas que tengan por finalidad predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia económica o deportiva”.



















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