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Actualizada Viernes, 09 de Enero de 2026 a las 12:34:00 horas

La Fiscalía decidirá en 15 días si archiva el caso Negreira o presenta querella

IUSPORT IUSPORT Jueves, 23 de Febrero de 2023

Para la Fiscalía existen dudas sobre el recorrido penal del caso por "la dificultad de probar y acreditar los presuntos beneficios arbitrales que pudo tener el Barça tras los pagos a Negreira".

La Fiscalía Provincial de Barcelona pretende finalizar la investigación del 'caso Negreira' en un plazo no superior a los 15 días, según informa Libertad Digital.

 

En ese periodo de tiempo, la Fiscalía resolverá si archiva el caso o si, por el contrario, decide que es pertinente presentar una querella.

 

Según fuentes judiciales consultadas por 'Libertad Digital', mientras se sigue recopilando diferente información y datos nuevos sobre el 'caso Negreira', en la Fiscalía existen dudas sobre el recorrido penal del caso. Según esas mismas fuentes a las que se refiere el citado medio, "el asunto mediáticamente muy escandaloso, pero el delito que se investiga penalmente no es muy grave, ya que conlleva como máximo una pena de 4 años de cárcel".

 

Esas dudas que se han instalado en la Fiscalía, además, se sustentan "en la dificultad de probar y acreditar los presuntos beneficios arbitrales que pudo tener el Barça tras los pagos a Negreira".

 

Sin embargo, como ya hemos explicado en IUSPORT, desde nuestro punto de vista, en base a las cantidades ingentes abonadas por el club por servicios dudosos o inexistentes, el presunto delito que aparece más claramente perfilado es el administración desleal.

 

Segun el penalista Emilio Cortés, en este momento no está tan claro el de corrupción deportiva entre particulares previsto en el art. 286.bis.4 del código penal. Según su opinión, falta la tercera pata para completar el delito de corrupción deportiva: la implicación de los árbitros. 

 

Otros juristas sí ven consumado el delito de corrupción deportiva con el mero ofrecimiento del club al vicepresidente del CTA. 

 

El delito de administración desleal, que está castigado con hasta 6 años de cárcel, figura regulado en el artículo 252 del Código Penal:

 

"1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado".

 

Por otro lado, descartamos un posible delito de estafa de Negreira al FC Barcelona porque este delito requiere que el objeto sea lícito y en este caso no lo es.

 

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