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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 02:09:46 horas

Polémicas decisiones de la junta electoral de la FCF tras el fallo del Tribunal Catalán

IUSPORT IUSPORT Martes, 17 de Enero de 2023
Imagen de la junta electoral de mayo de 2022  / Foto: Fcf.catImagen de la junta electoral de mayo de 2022 / Foto: Fcf.cat

Los candidatos consideran que la fecha propuesta para votaciones dificulta la participación. La Junta Electoral permite que los directivos permanezcan en sus cargos con una decisión jurídicamente muy discutible

Como saben los lectores de IUSPORT, la Junta Electoral de la Federación Catalana de Fútbol (FCF) fijó la fecha del 13 de febrero para la celebración de las elecciones a la presidencia, después de que el Tribunal Catalán del Deporte (TCE) ordenara repetir las del pasado mayo al detectar irregularidades en diversos puntos de votación y considerara que 175 votos fueron nulos.


Los candidatos que podrán participar serán los mismos que en los comicios anulados: el hasta ahora presidente Joan Soteras; Álex Talavera, el segundo con más votos en mayo y el autor del recurso al TCE; Juanjo Isern, el tercero con más votos y quien se adhirió al recurso; y Pep Palacios, quien obtuvo menos votos.

 

Los candidatos opositores Alex Talavera y Juanjo Isern habían solicitado previamente que la celebración del acto de las votaciones fuera señalada para el próximo domingo 12 de febrero, en teoría último día del plazo fijado por el Tribunal Catalán del Deporte en su resolución del pasado 12 de enero.

 

Las razones aducidas por los candidatos se basaban en facilitar al máximo la participación en la jornada electoral, del mismo modo que se produjo en el anterior acto de votaciones del domingo 22 de mayo, en el que votaron más de 1.000 clubes de un total de 1.200.

 

La Junta Electoral considera que no procede celebrarlas el domingo 12 de febrero porque el mismo día se disputan competiciones deportivas y entiende que “en un día laborable, en cambio, es más sencillo realizar un desplazamiento corto a la mesa electoral más próxima, teniendo en cuenta la amplitud de horario en la que se puede votar”.

 

Asimismo, la Junta Electoral tampoco acepta la petición de los candidatos Talavera e Isern, relativa a que Joan Soteras y su junta directiva ya no puedan ejercer sus funciones al haber sido declarado nulo el acto de votaciones del pasado 22 de mayo, y en consecuencia, también lo es la toma de posesión de sus cargos del día siguiente.

 

La Junta Electoral concede un plazo a Soteras y a sus compañeros de Junta, hasta el día 3 de febrero, para que presenten sus dimisiones si pretenden concurrir a las votaciones como candidatos. Y considera, asimismo, que no se puede ordenarles que dimitan en un plazo más corto, pues “sería un hecho irreversible que no tendría solución en el caso de eventuales impugnaciones que prosperen en vía cautelar”.

 

Finalmente, la Junta Electoral también ha rechazado la petición de los candidatos Talavera e Isern, de retirar de la página web federativa un comunicado de la Junta Directiva, del mismo día 12 de enero tras ser notificada la resolución, en el que se critica con dureza la actuación de los miembros del Tribunal Catalán del Deporte, y los candidatos Talavera e Isern, por su parte, entienden que dicho comunicado perjudica claramente sus intereses y que debe ser respetado el deber de neutralidad por parte de los órganos federativos durante el proceso electoral.

 

El órgano electoral federativo manifiesta que no tiene competencia en la materia para ordenar la retirada del citado comunicado y, además, señala que no puede privarse del ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

 

La Junta Electoral, en su comunicado del 14 de octubre de 2022, ya había planteado la suspensión del procedimiento administrativo y la recusación de todos los miembros del Tribunal Catalán del Deporte, “al existir un conflicto de intereses con las partes que constan como interesadas en el expediente y al quedar en entredicho el principio de neutralidad que debe guiar la actuación de los poderes públicos”.

 

El Tribunal Catalán recordó a esta misma Junta Electoral en su resolución, que carece de legitimación para este tipo de actuaciones.

 

Contra la resolución de ayer de la Junta Electoral, los candidatos pueden interponer un recurso en el plazo de tres días ante el Tribunal Catalán del Deporte.

 

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