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La Audiencia falla contra el Atlético y Sevilla por el IVA en los pagos a los agentes

REDACCIÓN DE IUSPORT REDACCIÓN DE IUSPORT Jueves, 08 de Diciembre de 2022

Nuevas sentencias de la Audiencia Nacional sobre el Sevilla y el Atlético de Madrid mantienen el criterio establecido desde 2019 sobre los pagos que realizaron el Real Madrid, FC Barcelona y Valencia CF a diferentes agentes, que también beneficiaron a los jugadores.

La Audiencia Nacional ha dictado nuevas sentencias sobre la tributación de los clubes por los pagos a los agentes de jugadores que afectan a Atlético de Madrid y Sevilla, en la línea de las dictadas en años anteriores sobre Real Madrid, Barça y Valencia. 

 

Según El Periódico de España, dos sentencias de 28 de octubre de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional sobre el Atlético de Madrid, por un montante que supera los 600.000 euros; y una tercera del pasado 6 de septiembre sobre el Sevilla FC, por 2,3 millones de euros, han refrendado el criterio de la Agencia Tributaria en el pulso que mantiene desde 2015 con varios clubes españoles, sus jugadores y los agentes del mundo del fútbol, por los pagos sobre los traspasos de los jugadores.

 

Estos fallos de la Audiencia Nacional sobre el Sevilla y el Atlético de Madrid mantienen el criterio establecido desde 2019 sobre los abonos que realizaron el Real Madrid, FC Barcelona y Valencia CF a diferentes agentes, que también beneficiaron a los jugadores.

 

Segun Hacienda, la operativa beneficia fiscalmente "a los clubes, en tanto que absorben el coste del IVA, que se deduce, y reduce el coste conjunto (jugadores y agentes) de la operación de fichaje, traspaso o renovación", indica la sentencia de 6 de septiembre de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional sobre el Sevilla FC.

 

Pero añade que esta actuación también favorecía a los futbolistas: "Estos se libraban de abonar la cuota de IVA, o lograban bajar su tributación en el IRPF", recuerdan los magistrados de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

 

Finalmente, el Tribunal Económico-Administrativo Central, confirmando el criterio de la Inspección de Hacienda, entendió que dichos pagos, realizados por los principales equipos a los agentes de los futbolistas, evitaban que estos tuvieran que retribuirles por los servicios prestados. 

 

Por eso, estableció que las sumas de dinero abonadas tenían que imputarse a la renta de los futbolistas: "Ya que en definitiva los servicios prestados se referían a elementos que evidentemente afectaron y beneficiaron a los deportistas", especifica la mencionada sentencia.

 

En todo caso, la última palabra sobre este asunto aún no está dicha, pues todas las sentencias recaídas están recurridas ante el Tribunal Supremo, que ha admitido a trámite ya varios recursos de casación.

 

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