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El juez deniega las cautelares pedidas por World Padel Tour contra Premier Pádel

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Lunes, 21 de Noviembre de 2022

En consecuencia, concluye el juez, la demandante no acredita de forma indiciaria la inducción ni la intención de eliminar a su defendida del mercado.

El Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid ha desestimado la solicitud de medidas cautelares presentada por Setpoint Events S.A., la empresa propietaria de World Padel Tour (WPT), contra los organizadores del nuevo circuito Premier Pádel.

 

En la demanda se solicitaba la condena de QATAR SPORT INVESTMENTS (QSI) y de la FEDERACION INTERNACIONAL DE PÁDEL (FIP) “A abstenerse en el futuro de volver a realizar (por si o a través de terceros) los actos de inducción a infringir los deberes contractuales básicos, los actos de aprovechamiento en beneficio propio de una infracción contractual ajena, los actos objetivamente contrarios a las exigencias de la buena fe, y los actos de venta a pérdida destinados a eliminar a un competidor del mercado relacionados en la demanda”.

 

Desde principios de este año, WPT ha emprendido diversas acciones legales contra los jugadores profesionales y la Federación Internacional de Pádel (FIP) tras la irrupción del nuevo circuito Premier Pádel.  

 

Los argumentos del juez

 

El citado Juzgado de lo Mercantil dictó auto el 15 de noviembre, al que ha tenido acceso IUSPORT, desestimando acordar medidas cautelares en base, entre otros, a los siguientes argumentos:

 

Dice el auto que el incumplimiento por parte de los jugadores de deberes contractuales no es el objeto de este pleito, que se limita a la acusación de inducción a dicho incumplimiento.

 

Y añade el auto que la carga de probar la inducción la tiene la parte demandante. Y en ese sentido, dice, ha faltado en el presente procedimiento la prueba fundamental: el interrogatorio de partes, concretamente de los inductores, QSI y la FIP y la de los inducidos, los siete jugadores demandados.

 

Si de forma cautelar aplicamos la jurisprudencia al presente caso, dice el auto, podemos considerar acreditado de forma indiciaria que QSI y la FIP no actúan movidos por una única finalidad, eliminar a World Padel Tour del mercado.

 

Se acreditan indiciariamente otras finalidades tales como formar un circuito internacional de pádel con el TOP 20 y más jugadores, que ha coexistido durante ocho meses del año 2022 con WPT que, según han manifestado y acreditado las representaciones procesales de las demandadas, no sólo ha celebrado su calendario de torneos completo sino, incluso, alguno más.

 

Y añade el auto que también resulta muy difícil de apreciar dicha intención porque PREMIER PÁDEL ha ofrecido premios a los jugadores que quintuplican los ofrecidos por World Padel Tour, es decir, los jugadores pasan a jugar con PREMIER PÁDEL por –en palabras de la precitada STS- “mérito de sus propias prestaciones”, en este caso, los premios que concede.

 

Y, por último, tampoco puede apreciarse esa intención de expulsión del mercado porque PREMIER PÁDEL no ha exigido exclusiva a los jugadores que han decidido participar en su circuito, de otra forma, los jugadores no habrían podido participar en el circuito de WPT y, sin embargo, lo han hecho.

 

Lo cierto, dice el auto, es que los jugadores han participado en los dos circuitos, ya sea porque les seguía interesando participar en el circuito de World Padel Tour, ya sea porque quieren negociar con WPT el resultado de sus demandas de incumplimiento contractual, como World Padel Tour les ha ofrecido.

 

El auto añade que según el perito actuante en el juicio, el mercado da para soportar los dos circuitos, con el número de torneos celebraos en 2022.

 

En consecuencia, concluye el juez, la demandante no acredita de forma indiciaria la inducción ni la intención de eliminar a su defendida del mercado.

 

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