
En su comunicado, la RFEF afirma que es completamente falso que la RFEF pagara cantidad alguna al presidente de la RFEF en concepto de vivienda que no hubiera estado debidamente autorizada por la Asamblea General.
La RFEF ha salido al paso de la última revelación de El Confidencial, en la que se fa cuenta del informe de la Intervención General, adscrita a la Fiscalía Anticorrupción, según el cual el presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales, no debió recibir dicha ayuda por vivienda. “El presidente no tenía derecho a la ayuda por vivienda”, concluye un informe al que ha tenido acceso El Confidencial.
La IGAE concluye que desde el 14 de junio de 2019 el presidente tenía su residencia habitual en Madrid. “Su vivienda habitual de Valencia fue vendida el 13 de junio de 2019, por lo tanto se tuvo que haber inscrito en el padrón municipal de un municipio de la Comunidad de Madrid, previsiblemente en la capital de dicha Comunidad, puesto que su domicilio habitual estuvo en esta localidad”, dice el informe que lleva fecha del 18 de octubre.
En su comunicado, la RFEF afirma que es completamente falso que la RFEF pagara cantidad alguna al presidente de la RFEF en concepto de vivienda que no hubiera estado debidamente autorizada por la Asamblea General.
TEXTO ÍNTEGRO DEL COMUNICADO DE LA FEDERACIÓN:
“Ante las informaciones publicadas en la tarde de hoy por el diario El Mundo y por El Confidencial, casi a la par y de manera concertada, la RFEF debe manifestar lo siguiente:
1- Es completamente falso que la RFEF pagara cantidad alguna al presidente de la RFEF en concepto de vivienda que no hubiera estado debidamente autorizada por la Asamblea General.
2- Es completamente falso que hubiera anomalía alguna en sus retribuciones salariales durante ningún mes como afirma el Informe de la IGAE, que para su elaboración no solicitó documentación complementaria alguna a la mínima solicitada por la Fiscalía a la RFEF. La RFEF acreditará ante la Juez competente la completa legalidad de todos los pagos efectuados.
3- El planteamiento efectuado por la IGAE y aplicado analogamente a situaciones idénticas haría irregular todas las ayudas del Estado o de las empresas para vivienda a los trabajadores desplazados que tuvieran derecho a dicha ayuda cuando llevaran más de 186 días en su nuevo destino o incluso se empadronaran en la nueva población de destino por ejemplo para poder inscribir a sus hijos en la escuela. Resulta contraria al más elemental sentido común y la práctica habitual de todas las administraciones y todas las empresas lo que afirma la IGAE en su informe. Viene a afirmar que el trabajador perdería dicho derecho a la ayuda cuando llevase 186 días en su nuevo destino.
4- La RFEF reitera que el Informe contiene evidentes errores, que se pueden deber a que la IGAE no solo no tiene la competencia para analizar acuerdos privados de entidades privadas utilizando exclusivamente fondos privados, sino que además no tiene la documentación completa como ya hemos comentado con anterioridad puesto que no la ha solicitado.
Se reitera la completa confianza en la Justicia y en la posibilidad de poder demostrar de manera completa y con toda la documentación disponible los errores del informe al que hace alusión el medio”.






















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