F. ShutterstockLo que resta hasta el próximo 30 de junio. Siempre que justifique que el portugués busca con sus declaraciones romper esta relación contractual con el club inglés. Además no tendría que indemnizar al portugués con lo que le resta de contrato hasta el 30 de junio del 2030.
Veremos qué consecuencias tienen las palabras de Cristiano Ronaldo donde ataca duramente al Manchester United.
Como comenta Ramón Fuentes en MD, al margen de la parte disciplinaria, se abre una puerta a una marcha inminente del portugués del club inglés. Una salida que además no le supondría indemnización alguna por parte del club inglés al jugador.
Es decir, tendría que justificar que se trata de una rescisión de contrato por causa justificada. En este caso, como justificación estarían las manifestaciones de ayer domingo donde denunció públicamente que el United forzó su marcha el pasado verano, empezando por el entrenador Ten Hag de quien dijo que no le merecía ningún respeto. No olvidemos que ya fue sancionado por su desplante cuando se negó saltar al campo ante el Tottenham, como ya sucediera en pretemporada ante el Rayo Vallecano.
Con estos argumentos, el United podría rescindir por causa justificada los meses de contrato que le restan hasta el 30 de junio. Rescisión donde además no estaría obligado a indemnizar al luso.
La clave está en el artículo 14 del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA relativo a esta rescisión de contrato por causa justificada. En punto 2 del mismo dice textualmente que "cualquier conducta abusiva de una parte que tenga como objeto forzar a su contraparte a rescindir un contrato o modificar los términos de este, constituye una causa justificada de rescisión por la contraparte (jugador o club)".
El Manchester United puede entender estas manifestaciones del portugués que pretenden este objetivo; pudiendo llevar a cabo su rescisión sin obligación a abonar lo que resta del total de 23 millones que cobra por temporada. En ese caso, si bien el jugador siempre puede acudir a la justicia para defender lo contrario, se podría aplicar esta normativa que ya en el punto uno del mismo artículo habla de "En el caso de que exista una causa justificada, cualquier parte puede rescindir un contrato sin ningún tipo de consecuencias (pago de una indemnización o imposición de sanciones deportivas)".

















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