
Podría quedar en un partido si Competición entiende que es una actitud contraria al buen orden deportivo: "Incurrirán en suspensión de hasta cuatro partidos o multa hasta 602 euros aquéllos/as cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como leve".
El Mallorca-Espanyol del viernes quedó marcado por el posible penalti cometido a Ángel en el minuto 87 que el colegiado Díaz de Mera no vio, ni tampoco recibió indicación desde el VOR, donde estaba el ex colegiado Jaime Latre, para ir a revisarlo al monitor.
Esto provocó una acalorada reacción en el banquillo del Mallorca, que acabó con la expulsión de un jugador, Maffeo, y el técnico Javier Aguirre.
En el caso del jugador Pablo Maffeo, el colegiado lo recogió así en el acta: "En el minuto 90 el jugador (15) Maffeo Becerra, Pablo fue expulsado por el siguiente motivo: protestar al cuarto árbitro desde el área técnica una de mis decisiones a la vez que realizaba gestos de desaprobación y gritaba repitiendo en varias ocasiones: 'ESTO ES UNA PUTA VERGÜENZA'".
Atendiendo al Código Disciplinario, el futbolista se expone a dos partidos de sanción, según el artículo 124 relativo a las actitudes de menosprecio al árbitro: "Dirigirse a los/as árbitros/as, directivos/as o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración siempre que la acción no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes"
Podría quedar en un partido si Competición entiende que es una actitud contraria al buen orden deportivo: "Incurrirán en suspensión de hasta cuatro partidos o multa hasta 602 euros aquéllos/as cuya conducta sea contraria al buen orden deportivo cuando se califique como leve".
En el caso del técnico, Javier Aguirre, el acta recoge así su protesta: "En el minuto 90 el técnico Aguirre Onaindia, Javier, fue expulsado por el siguiente motivo: protestar al cuarto árbitro una de mis decisiones de forma reiterada desde fuera del área técnica".
Aquí no hay margen porque el artículo 127 relativo a las protestas al árbitro es claro al respecto: "Protestar al/a la árbitro/as principal, a los/as asistentes/as o al/la cuarto/a árbitro/a, siempre que no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes".
























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