
La realidad es que Laporta no se limitó a hacer acto de presencia en el vestuario sino que interpeló al colegiado y eso es como mínimo una falta de desconsideración que ha quedado impune.
Como informamos en su momento, Joan Laporta, presidente del Barcelona, bajó a los vestuarios del estadio Santiago Bernabéu para pedir explicaciones sobre la actuación arbitral tras la derrota frente al Real Madrid, según recogió el acta redactada por el colegiado murciano José María Sánchez Martínez.
El máximo dirigente del Barcelona quiso pedir explicaciones a los colegiados sobre su actuación durante la segunda parte, en la que hubo dos jugadas polémicas con un posible empujón a Robert Lewandowski de Dani Carvajal que los árbitros no estimaron oportuno decretar como penalti y la pena máxima señalada a favor del Real Madrid por un pisotón de Eric García a Rodrigo.
El acta del partido redactado por el colegiado recogía lo siguiente:
"Otras incidencias: Una vez finalizado el partido y encontrándonos el equipo arbitral dentro del vestuario, accede a él el presidente del FC Barcelona D.Joan Laporta Estruch solicitando explicaciones de forma reiterada sobre algunas situaciones del partido. Ante estos acontecimientos, fue invitado a abandonar el vestuario arbitral, sin más incidencia".
Este miércoles se ha conocido la ridícula sanción de 150 euros que le ha sido impuesta al presidente azulgrana por el Comité de Competición.
Al tratarse de la primera, ha sido sancionado con multa de 150 euros, no 602 como por error habíamos adelantado, según ha decidido el Comité de Competición este miércoles amparándose en el artículo 133 del Código Disciplinario relativo al incumplimiento de órdenes, instrucciones, acuerdos u obligaciones reglamentarias, y el 255 del Reglamento.
Trato benevolente
Laporta no puede quejarse de la sanción ya que en realidad no se limitó a hacer acto de presencia en el vestuario sino que interpeló al colegiado y eso es como mínimo una falta de desconsideración que ha quedado impune.
Tiene suerte de que no le hayan aplicado el artículo 117 del Código Disciplinario, que reza asi:
"Dirigirse a los árbitros, directivos o autoridades deportivas en términos o con actitudes de menosprecio o de desconsideración siempre que la acción no constituya falta más grave, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos o por tiempo de hasta un mes".





















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