
"Encontraría amparo en el derecho de información por tratarse de información veraz en cuanto que no aparecen manipulados los audios y conversaciones, y tiene un evidente interés general, que además ha dado lugar a la incoación de otros procedimientos en distintos ámbitos en relación con la información publicada", dicen los magistrados.
La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado que las revelaciones publicadas por El Confidencial sobre la venta de la Supercopa de España a Arabia Saudí y las presuntas irregularidades de Luis Rubiales al frente del fútbol español son "información veraz".
Así se pronuncian la Sección Quinta en un auto, al que ha tenido acceso IUSPORT, en el que confirman la decisión del Juzgado del Pozuelo, que rechazó la pretensión del presidente de la RFEF de parar las publicaciones.
"Encontraría amparo en el derecho de información por tratarse de información veraz en cuanto que no aparecen manipulados los audios y conversaciones, y tiene un evidente interés general, que además ha dado lugar a la incoación de otros procedimientos en distintos ámbitos en relación con la información publicada", dicen los magistrados.
"La sala comparte los acertados razonamientos contenidos en la resolución impugnada, sin que los argumentos expuestos en el escrito de recurso tengan virtualidad suficiente para dar lugar a su revocación", y que "la instructora ha realizado un pormenorizado estudio de las medidas cautelares tanto normativo como jurisprudencial, y su aplicación al caso concreto, valorando los presupuestos de apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) y de peligro por mora procesal (periculum in mora) para los bienes que se pretende proteger, y que debemos dar por reproducidos y mantener plenamente en esta alzada".
El auto emitido por la Sección Quinta avala los "acertados razonamientos" de la juez de Pozuelo. En mayo consideró que la petición de Rubiales no tenía fundamento porque "no existe indicio alguno de que los querellados hubieran obtenido de forma ilícita ni participado directa ni indirectamente en la obtención ilícita de la información publicada". También consideró que se trataba de "información de interés general al afectar a personas con cargos públicos como Rubiales, o con notoriedad como Piqué, y a una institución pública como es la RFEF".
Frente al alegato de la Federación de que no es una institución pública, sino privada, la Audiencia Provincial recuerda que "Es claro que ejerce funciones de notorio interés general y de carácter público por delegación con una trascendencia que supera con creces a una entidad privada".
Dice el auto, al que ha tenido acceso IUSPORT:
"... no concurriría el presupuesto de la apariencia de buen derecho, pues aunque pudiera existir una colisión entre el derecho a la información y el de la intimidad, prevalecería el derecho a la información, por tratarse de personas relevantes y de notoriedad pública, y tener la información un evidente interés general, circunstancias que concurren en los hechos descritos en la querella objeto de la causa. Y por otro lado, tampoco concurriría el otro presupuesto (periculum in mora), pues la finalidad de las medidas cautelares interesadas, cual es el riesgo de que se continúen difundiendo y propagando, no resultaría eficaz por estar accesible en todos los demás medios de comunicación no solo deportivos sino también generalistas, y además, como se ha expuesto, atentaría a la libertad de información (art. 20.1 CE), dada la relevancia y el interés general de la misma que ha dado lugar a la incoación de diligencias ante la Fiscalía anticorrupción. Por todo lo expuesto, el recurso no puede tener favorable acogida".
PARTE DISPOSITIVA
El auto termina desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL contra el auto de 12 de mayo de 2022 dictado por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Pozuelo de Alarcón, en la Pieza de Medidas Cautelares nº 208/2022, y en consecuencia confirma dicha resolución.
Contra esta decisión judicial ya no cabe posibilidad de recurso.






















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