
La actuación de la RFEF, afirma, "supone una auténtica vulneración de derechos, habiendo perjudicado gravemente al club, al haberse ahora impedido, de facto, de poder tramitar a las 23:59 horas del día 1 de septiembre, 18 Licencias Profesionales de futbolistas, habiéndole abocado el Juez Único a la desaparición".
Este miércoles dimos cuenta del anuncio efectuado por DUX a la RFEF sobre la presentación inmediata de un recurso contra la resolución dictada por el Juez Único de Competiciones No Profesionales de fecha 30 de agosto de 2022 que fijó nuevas condiciones de plazo y económicas para mantenerse inscrito en PRIMERA FEDERACIÓN.
Pues bien, IUSPORT ha tenido acceso al escrito del recurso, presentado en la tarde-noche de este miércoles y dirigido al Comité Nacional de Segunda Instancia de la propia RFEF, al que pide que deje sin efecto los acuerdos adoptados.
De entre los motivos alegados por el club, destacamos los siguientes:
DUX INTERNACIONAL ha sido el único club de España y del ámbito FIFA que, sin estar sancionado, ha visto reducido el plazo para firmar futbolistas en el actual mercado de fichajes, encontrándose impedido para tal menester desde el día 26 de agosto de 2022, fecha en la cual el Juez Único acordó dejar en suspenso la inscripción del club en PRIMERA RFEF.
Además, teniendo derecho a firmar futbolistas hasta las 23:59 horas del día 1 de septiembre de 2022, como el resto de clubes de España y del ámbito FIFA, el Juez Único ha condicionado el plazo de fichajes del Club al pago de la cantidad de 493.317.-€, algo que jamás en la historia del fútbol había sucedido.
Lo anterior supone una auténtica vulneración de derechos, habiendo perjudicado gravemente la RFEF al club, al haberle ahora impedido, de facto, poder tramitar hasta las 23:59 horas del día 1 de septiembre, las licencias de futbolistas, habiéndole abocado el Juez Único a la práctica desaparición.
DUX califica de burla la afirmación del Juez Único de que ha velado por los derechos e intereses del club, garantizando que pueda participar en competiciones organizadas por la RFEF.
Dice DUX: “No alcanzamos a entender que quien dejó en suspenso la inscripción del Club en PRIMERA RFEF, aludiendo al incumplimiento del artículo 136.9 del Reglamento General y que recordemos, obliga a mantener 18 licencias profesionales a partir de las 23:59 horas del día 1 de septiembre de 2022, y por ende, dejó al Club sin poder firmar futbolistas, se erija ahora como la persona que vela por los derechos e intereses del Club”.
Por tanto, añade DUX, a la fecha de incoación del expediente de desinscripción el club no había incumplido ninguna de sus obligaciones.
Es más, el club, a la fecha de incoación del expediente de desinscripción, el viernes 26 de agosto de 2022, podría haber tramitado licencias de futbolistas, pero, dice DUX, lo impidió el propio Juez Único al haber suspendido cautelarmente la inscripción del club en la categoría PRIMERA RFEF.
DUX subraya que el procedimiento incoado por el Juez Único, un procedimiento para desinscribir a un club de la competición, es un procedimiento que no existe y que jamás se ha tramitado.
De hecho, en los casos similares que se han dado en los últimos años, nunca se tramitó el procedimiento de desinscripción, sino el disciplinario de exclusión.
DUX recuerda los casos de LA RODA CF, AD SAN JUAN y ECIJA BALOMPIE SAD, tres que fueron excluidos tras incurrir en doble incomparecencia a la que le condujo la ausencia de jugadores.
Por otro lado, DUX niega la veracidad de la afirmación del Juez donde hace mención a que el club no ha ejercitado sus derechos. “Dicha manifestación es TOTALMENTE FALSA, sólo basta ver los Burofaxes enviados y que constan en el Expediente para darse cuenta de que si los ha ejercido, habiendo manifestado, en el último enviado, que comparecerá a jugar contra el AD MERIDA en la Jornada nº 2 del campeonato y ello, al prever que no podría tener futbolistas disponibles en la primera Jornada”.
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TEXTO ÍNTEGRO DEL RECURSO DE DUX























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