
Declara que corresponde al Club Deportivo Estepona el derecho a ocupar la vacante por causas económicas generada por la liquidación del Extremadura UD, SAD en Segunda División B (Segunda Federación) para la Temporada 2022/2023.
En resolución del Juez Único de Competiciones No Profesionales de este sábado 20 de agosto, a la que ha tenido acceso IUSPORT, la RFEF ha adjudicado al CD Estepona la plaza dejada vacante por el UD Extremadura.
El juez de la RFEF se basa en la disposición segunda, apartados 8 y 9, de la Circular nº 9 de la presente temporada. Dichos apartados de la Circular establecen lo siguiente:
“8-. En el supuesto de que no hubiera ningún club interesado de esa misma categoría o, habiéndose interesado, no cumpliera los requisitos o no abonara la cantidad económica, la plaza se cubrirá con los clubes de inferior categoría pertenecientes a la misma federación territorial que, habiendo manifestado interés dentro del plazo fijado para ello y habiendo efectuado el ingreso de la cantidad correspondiente dentro del plazo, tuvieran mejor mérito deportivo de entre los que no lograron el ascenso".
"9.- En el caso de que no sea posible cubrir la plaza con clubes de la mencionada federación territorial, la plaza podrá ser cubierta por otro club perteneciente a otra federación territorial, que habiendo manifestado interés dentro del plazo fijado para ello y habiendo efectuado el ingreso de la cantidad correspondiente dentro del plazo, tuviera mejor mérito deportivo de entre los que no lograron el ascenso”.
En este caso, añade la resolución, de acuerdo con el apartado 9 de la Circular nº 9, la plaza vacante corresponde al CD Estepona dado que presenta mejor mérito deportivo que el CD Extremadura 1924, puesto que el primero milita en el Campeonato Nacional de Liga de Tercera División (Tercera RFEF) mientras que el segundo participa en la segunda división extremeña de fútbol.
Por todo ello, declara que corresponde al Club Deportivo Estepona el derecho a ocupar la vacante por causas económicas generada por la liquidación del Extremadura UD, SAD en Segunda División B (Segunda Federación) para la Temporada 2022/2023.
Asimismo, le confiere al Club Deportivo Espona un plazo de TRES DÍAS HÁBILES para cumplimentar la inscripción acreditando el cumplimiento de los requisitos de inscripción para participar en Segunda División B (Segunda Federación), con advertencia de pérdida automática del derecho a consumar el ascenso en caso de falta de cumplimiento.
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TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN que adjudica al Estepona la plaza del Extremadura
























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